Cuba declara nuevas áreas protegidas y establece qué actividades pueden desarrollarse en ellas

Nuevos sitios cubanos entran en la categoría de áreas protegidas, según la Gaceta Oficial No. 111 Ordinaria del 8 de octubre de 2021, del Consejo de Ministros de Cuba.

El documento reseña a las Lomas de La Canoa-Cueva La Chucha, y Lomas Las Tasajeras, ubicadas en el municipio de Yaguajay, Sancti Spíritus; las áreas de la Corona de San Carlos y Este del Archipiélago de Los Colorados, ubicadas en Viñales, La Palma y Minas de Matahambre, en Pinar del Río; y al Golfo de Batabanó y Sureste de El Inglés, ubicadas en los municipios de Batabanó y de Nueva Paz, respectivamente, en la provincia de Mayabeque.

Además, se suma el Banco de Buena Esperanza-Manáguano, ubicada en el municipio de Niquero, en la provincia de Granma, y la Loma El Mogote de Soroa, situadas en el municipio de Candelaria, en la provincia de Artemisa.

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La normativa explicita además las actividades permitidas y prohibiciones que deben cumplir las personas naturales y jurídicas en esos espacios de «alta significación ambiental e importancia histórico-cultural».

Entre las prohibiciones se encuentran el uso del fuego dentro de los límites del área protegida, la extracción de especies de la flora, fauna, bienes arqueológicos o espeleológicos. Tampoco se pueden extraer muestras de otro tipo, sin autorización oficial.

Turismo y recreación sostenibles quedan permitidos, teniendo en cuenta la zonificación funcional del área y la legislación ambiental vigente. También se debe valorar la protección y manejo de valores importantes del paisaje, el relieve, la biodiversidad, la geodiversidad e histórico-culturales asociados; y la coordinación de actividades con la administración de la Zona con Regulaciones Especiales del Turismo.

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Estas áreas protegidas quedarán administradas por la entidad que decida el Ministerio de la Agricultura dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del acuerdo.

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