Aduana de Cuba emite actualización sobre lo que no se puede exportar

La noticia no se ha hecho esperar: la Aduana General de la República de Cuba ha actualizado en días recientes de este mes de septiembre, el listado de artículos y productos que tienen la prohibición de traspasar las fronteras de la Isla hacia el extranjero.

La información el publicada en el portal oficial de la propia entidad, se explicita que se encuentra prohibido portar al salir de Cuba, tanto con usted como en su equipaje, ni drogas ni estupefacientes. Igualmente se haya totalmente prohibida la exportación de todo tipo de sustancias psicotrópicas, alucinógenos o precursoras, cuando no se cuente con una certificación médica o permiso de la autoridad facultada por el Ministerio de Salud Pública de Cuba.

Está proscrito sacar de la Isla, cualquier otro producto o material médico que pueda constituir un riesgo para la salud humana, de acuerdo con disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud Pública de la nación.

En este mismo orden, se prohíbe transportar fuera de las fronteras de la nación cualquier variedad de explosivos y hemoderivados.

No pueden salir del país las armas de fuego ni las municiones, con la excepción de que se disponga de la autorización expresa del Organismo Competente.

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También, se haya proscrita la exportación de literatura, artículos y objetos obscenos, pornográficos o que atenten contra los intereses generales, los valores y las buenas costumbres de la República.

Como podía preverse, el listado oficial emitido por la Aduana cubana, esclarece que está prohibida la salida al exterior de bienes culturales considerados parte del Patrimonio Cultural de la Nación, entre los que se cuentan libros manuscritos o incunables, cuya edición se sitúe entre los años de 1440 y 1500 de nuestra era.

De igual modo, se restringe totalmente la salida del país de Libros y folletos que posean cuños de bibliotecas del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas y de organismos e instituciones nacional, y además todos los Libros Cubanos de Edición Revolucionaria.

En el listado de las prohibiciones vigentes, se incluyen libros, folletos y publicaciones seriadas foráneas que hayan sido impresas entre los siglos XVI al XVIII, a las que se suman las publicaciones seriadas cubanas publicadas en la etapa que va de los años 1700 a los 1800.

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En lo referente a la salida de Cuba de otros tipos de productos, solo se establece la prohibición de exportar cualquier cantidad de langosta, por lo que queda proscrita la exportación de este producto, en cualquier posible cantidad.

Tampoco se permite la exportación de especies protegidas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora, a menos que se cuente con un permiso expedido por la Autoridad Competente (Permiso CITES).

El listado oficial explicitado en el portal web oficial de la Aduana de Cuba es el que le mostramos a continuación:

A la salida del país no lleve consigo o en el equipaje que usted lleva consigo lo siguiente:

  • Drogas y estupefacientes Sustancias psicotrópicas o alucinógenos.
  • Sustancias precursoras.
  • Explosivos
  • Hemoderivados
  • Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación.

 No se permite la exportación de los siguientes artículos y productos:

  • Bienes culturales declarados parte del Patrimonio Cultural de la Nación.
  • Libros manuscritos, incunables (editados entre 1440 y 1500).
  • Libros y folletos que tengan cuños de bibliotecas del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas y de Organismos e Instituciones cubanas, así como Libros Cubanos de ediciones revolucionarias.
  • Libros, folletos y publicaciones seriadas extranjeras impresas en los siglos XVI al XVIII y cubanos publicados en el siglo XVIII
  • Langosta, en cualquier cantidad y forma de presentación.

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