¿Cómo convertir a dólares o Euros las actuales cuentas en CUC? Banco Cubano ofrece nuevos detalles

El Banco Central de Cuba (BCC) ha publicado una nota con aclaraciones a la población sobre algunos temas de gran interés social a partir del inicio del Reordenamiento Monetario que se llevará a cabo en 2021, proceso, que comprende la unificación monetaria y cambiaria, y una serie de importantes ajustes en procedimientos bancarios relativos a las cuentas de ahorro, las denominaciones en los cajeros automáticos, y sobre todo el cambio de moneda en el país.

Sobre la Tarea ordenamiento, el comunicado del BCC recuerda que se compone de cuatro ejes fundamentales: 1) la unificación monetaria, 2) la unificación cambiaria, 3) reforma integral en la captación de ingresos (salarios, pensiones y demás facilidades de la asistencia social) y 4) la transformación del sistema de subsidios y gratuidades.

A propósito de la unificación monetaria, el banco aclara que, a partir del primero de enero del 2021, la población tendrá un plazo de hasta 180 días (seis meses) para canjear sus Pesos Cubanos Convertibles (CUC) por CUP en las Casas de Cambio (CADECA) o en las diferentes sucursales bancarias del país.

Ello no impedirá que los usuarios puedan seguir realizando pagos a través de su tarjeta magnética, o mediante los medios electrónicos disponibles (como son Enzona, Transfermóvil, los cajeros automáticos y el POS) y cuando se trate de un cajero debe tener en cuenta que las extracciones de dinero siempre serán en CUP, según la tasa de cambio vigente (1.00 CUC = 24.00 CUP).

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En el caso concreto de las cuentas de ahorro con fondos en CUC, Depósitos a Plazo Fijo y Certificados de Depósitos a Término, se mantendrán en esa misma moneda por un periodo de seis meses desde el 1 de enero y durante ese tiempo los titulares tendrán la posibilidad de transformar su saldo de manera total o parcialmente, a dólares estadounidenses (USD) o a euros.

Ese cambio se deberá llevar a cabo a partir de la solicitud de un certificado de depósito, que debe realizarse en las sucursales bancarias correspondientes, y que garantizará que en un tiempo establecido los titulares puedan obtener esas divisas extranjeras.

Sobre este certificado, el BCC añadió que tendrá una tasa de interés anual de 0,15% y una vez se haya constituido, será imposible aumentar el fondo con que se creó.

El certificado no permite la extracción del efectivo en estas monedas extranjeras de manera inmediata, y tampoco da la posibilidad al titular de transferir el saldo hacia otras cuentas bancarias en moneda extranjera. Ello solo será posible cuando la sucursal bancaria declare que cuenta con el efectivo suficiente para respaldar el cambio.

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En estos momentos, según el BCC el país no está en condiciones de respaldar los mismos debido a la baja disponibilidad de divisas extranjeras, aclara el comunicado

En el caso de que el titular decidiera extraer los fondos antes de que se produzca el esperado respaldado con liquidez, el certificado se anula y la extracción se puede realizar automáticamente en pesos cubanos (CUP), sumándose los intereses correspondientes, a la tasa de cambio vigente en el día en que se ejecute la operación financiera.

Por otra parte, se reitera que desde el 1 de enero los cajeros automáticos solo dispensarán CUP y dispondrán de tres tipos de gestión. En la primera se dispensarán denominaciones de 1000, 500, 200 y 100 pesos, en una segunda se dispensarán billetes de 500, 200, 100 y 50 pesos, y se incrementa una tercera que dispense billetes de 500, 100, 50 y 20 pesos.

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De igual manera la población podrá adquirir billetes de baja denominación en las ventanillas de las sucursales y casas de cambio. En ambas instancias se podrán efectuar extracciones y cambios en la denominación deseada.

Las diferentes unidades y establecimientos del comercio interior tendrán la obligación de contar con los billetes de menor valor para asegurarle el cambio a los clientes.

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