Certificados de titularidad de cuenta y de saldos bancarios

Todo cubano que desee viajar al extranjero debería conocer estos documentos: para qué sirven, y cómo obtenerlos. Por ello, Directorio Cubano les dedica la siguiente publicación. 

Entre los documentos que con frecuencia los cubanos deben presentar para solicitar visa a otros países están los “certificados de titularidad de cuentas bancarias”. Y también los “certificados de saldo”, más conocidos como “estados de cuenta”. 

Tales documentos resultan necesarios, además, para algunos trámites de carácter legal o jurídico, o por solicitud de instituciones. 

¿En qué consisten? ¿Cómo y dónde se pueden obtener? Estas cuestiones nos ocupan ahora en Directorio Cubano

Primero: ¿de qué hablamos?

El “certificado de titularidad de cuenta bancaria” es un documento emitido por una entidad bancaria. Su función es demostrar que la persona tiene una cuenta registrada a su nombre.  

Asimismo, el banco emite el “certificado de saldo” (o “estado de cuenta”). Este constituye evidencia de que el titular de la cuenta posee una determinada cantidad de dinero en una fecha determinada. 

(Menos frecuentes, pero también disponibles, son los servicios de certificación de transferencias recibidas, y de obligaciones adquiridas con el banco).

Todos estos documentos se emiten a solicitud del titular de la cuenta bancaria. 

Trámite de solicitud 

El titular de la cuenta bancaria puede solicitar su “certificado de titularidad” y/o su “estado de cuenta” a la sucursal donde la mantiene, ya sea de:  

  • Banco de Crédito y Comercio (BANDEC)
  • Banco Popular de Ahorro (BPA)
  • Banco Metropolitano (BANMET)

En caso de que la cuenta bancaria se encuentre en una “caja de ahorro”, la solicitud también se dirige a la sucursal a la que esta se subordina. 

El solicitante debe presentar: 

  • Carné de identidad (del titular de la cuenta)
  • Aval de la titularidad de la cuenta (tarjeta bancaria, u otro)
  • Solicitud escrita del certificado, según el documento/los documentos requerido(s)

Cada institución bancaria establece la tarifa que cobra por el servicio. El solicitante debe pagar el importe en la sucursal donde gestiona el trámite. 

Trámite de legalización de los certificados 

No basta con obtener la certificación del banco. Además, se necesita que cada documento quede legalizado, para su posterior uso jurídico. ¿Qué hacer?

El titular de la cuenta bancaria (u otra persona en su lugar) debe llevar la documentación al Departamento de Asesoría Jurídica de la Dirección Provincial del banco, según el caso. 

También existe la opción de legalizar los documentos en la Oficina Central del banco. Esta vía solo cuenta cuando los certificados fueron emitidos por sucursales directamente subordinadas a esa instancia. 

Como requisito para el trámite de legalización solo debe presentarse el certificado/los certificados emitido(s) por la institución bancaria. 

El BPA, en específico, ofrece el servicio de legalización libre de costo. En el caso de BANDEC y BANMET, el solicitante debe informarse en cada institución. 

¡Listo! La tramitación resulta sencilla, dentro de los estándares cubanos. ¿Manos a la obra?

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