Cuba y Ecuador firman acuerdos para aumento de servicios aéreos

Los gobiernos de Cuba y Ecuador firmaron acuerdos bilaterales para el aumento de los servicios aéreos en ambas direcciones, según un comunicado oficial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de Ecuador.

El pasado 29 de octubre, suscribieron un acuerdo de servicios aéreos que establece las maneras de explotar las actividades aerocomerciales entre ambas naciones. Según la nota el viceministro de Gestión del Transporte, Marcelo Loor recordó que Ecuador mantiene una “Política de Cielos Abiertos”, a través de la cual el Ecuador promueve el desarrollo del transporte aéreo mediante convenios que fortalecen la conectividad con el resto del mundo.

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) como ente rector de la política aérea ecuatoriana, lideró las negociaciones en base al cumplimiento de la legislación nacional e internacional de la aviación civil. Un acuerdo que se evaluará periódicamente su funcionamiento, acción que permitirá adoptar las medidas necesarias para garantizar su correcta aplicación y máximos beneficios.

El embajador de Cuba en Ecuador, Rafael Dausá, señaló igualmente que dicho acuerdo es de suma importancia para Cuba porque aumentará el transporte aéreo, impulsará el turismo, el comercio y el crecimiento económico en ambos lados. Oscar Silva, representante de Cubana de Aviación en Ecuador, fue uno de los asistentes a la firma del acuerdo.

¿Qué menciona el acuerdo? Según la web Nlarenas el convenio recoge algunas concesiones de derecho como: El derecho de sobrevolar sin aterrizar por el territorio de la otra parte, el derecho de realizar escalas en dicho territorio para fines no comerciales, el derecho de embarcar y desembarcar en los referidos territorios, en los puntos y en las rutas especificadas, pasajeros, equipaje, carga y correo aéreo, separadamente o en combinación, destinados u originados en puntos del territorio de la otra parte.

Se agrega que en ninguna parte del acuerdo podrá ser interpretado el sentido de conferir a las líneas aéreas designadas de una parte el derecho de cabotaje. También se menciona que cada parte tendrá el derecho de designar mediante nota diplomática a la otra parte, una o más líneas aéreas para explotar los servicios de vuelos comerciales. En este caso, se beneficiaría la única aerolínea de la Isla, Cubana de Aviación que solicitó los derechos de tráfico desde La Habana hacia Quito y Guayaquil en 2017, solicitud que finalmente no fue aprobada.

En el acuerdo también se recoge que cada nación tendrá derecho a catorce frecuencias semanales, para los servicios de pasajeros, carga y correo de forma combinada o exclusiva de carga, aunque las autoridades aeronáuticas acuerdan revisar el incremento de frecuencias, según las necesidades del mercado.

Igualmente se amplía que las autoridades de la Aeronáutica de ambos países podrán autorizar servicios no regulares de pasajeros y carga, cumpliendo con la normativa de cada país.

Hasta el momento, los únicos vuelos que operan entre estos países son de específicamente de cargamentos a través de Cubana Cargo, la cual opera hasta dos vuelos semanales (con la ayuda de la carguera colombiana LAS) desde La Habana con escala en Panamá.

En cuanto a los vuelos comerciales o de pasajeros, se refiere la oportunidad de Cubana de Aviación de retomar las negociaciones de sus frecuencias a Quito y Guayaquil, además de la revisión de las operaciones pasadas de Tame EP hasta su liquidación final en mayo de este año.

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