Nuevas normativas de la política de informatización en Cuba

Para la implemetación de la “Política Integral para el Perfeccionamiento de la Informatización de la Sociedad en Cuba”, según el portal digital de noticias Cubadebate, desde este jueves entraron en vigor en el país diversas normativas jurídicas de nivel superior, todas orientadas a organizar el proceso de informatización de la sociedad cubana.

Dichas normativas fueraon publicadas en la más reciente Gaceta Oficial Ordinaria y son: un Decreto-Ley, dos Decretos, un acuerdo del Consejo de Ministros y otras resoluciones ministeriales, que constatan aspectos de la política. En ellas se regulan aspectos como: el desarrollo de la Industria de Programas y Aplicaciones Informáticas y el establecimiento de la Seguridad de las Tecnologías de la Informatización y la Comunicación y la Defensa del Ciberespacio Nacional.

En las nuevas normativas no se halla incluida la renovación de la licencia de programador de equipos de cómputo. Se prevé que saldrán a la luz junto a otras disposiciones relacionadas con la empresa.

Sobre el contenido de estas nuevas regulaciones, Wilfredo López Rodríguez, Director de regulaciones del Ministerio de Comunicaciones de la Isla, asegura que no resulta posible avanzar en materia de informatización sin ciberseguridad. La ciberseguridad provee las herramientas que se precisan para proteger a los usuarios de las nuevas tecnologías de la comunicación y a las infraestructuras de las mismas.

Foto: Universidad de las Ciencias Informáticas La Habana, Cuba

En consecuencia, las nuevas normativas disponen la obligación de la protección de los datos personales en soportes electrónicos. Asimismo, por vez primera, se regula para las personas jurídicas la validez de las firmas digitales, «con el empleo de certificados digitales de la infraestructura nacional de llave pública».

La legislación incorpora el concepto de Infraestructura Crítica de las nuevas tecnologías de la comunicación y su sistema de protección, mientras subraya la importancia de la seguridad de la tecnología.

Se dispone la obligación para las personas jurídicas del empleo del antivirus nacional, y del empleo priorizado de aplicaciones de código abierto y de creación nacional.

Al respecto, Miguel Gutiérrez Rodríguez, Director General de Informática del Ministerio de Comunicaciones ha asegurado: «Se prevé la migración en un período de tres años hacia estas plataformas en los Organismos de la Administración del Estado».

Por su parte, dentro de estas nuevas normativas, el Decreto 359 de 2019 sobre el desarrollo de la Industria de Programas y Aplicaciones Informáticas, es una dispocisión orientada a promover, perfeccionar e incrementar la producción nacional y la sustitución de importaciones.

Ernesto Vallín Martínez, Director de la Industria Informática confirma al respecto: «Establecemos así el alcance de la industria de aplicaciones y servicios informáticos, promoviendo a la Empresa Estatal Socialista como principal actor, complementándose con la participación de las formas no estatales de gestión».

La Gaceta Oficial Ordinaria también incorpora la Resolución 125 que ampara la inscripción de aplicaciones informáticas comercializables, y define los procedimientos de este proceso, «lo que permite ordenar los proceso de producción y comercialización en la industria de programas y aplicaciones, además de mantener actualizada la información sobre los productos de este tipo que existen en el país».

Este cuerpo legal contiene un reglamento sobre proveedores de servicios de hospedaje y alojamiento, para personas jurídicas, el cual posibilitará organizar la gestión y emisión de licencias para este servicio.

Entre otras dispocisioens se establecen las responsabilidades para el avance del gobierno y el comercio electrónico en la Isla. También se disponen las líneas para el desarrollo integral de la banda ancha del país, sobre la base del uso de las tecnologías inalámbricas y del empleo de la fibra óptica.

Consulte y descargue en el siguiente enlace, el texto completo de las Resoluciones publicadas por la más reciente Gaceta Oficial Ordinaria de Cuba. Este es el portal digital oficial: https://www.gacetaoficial.gob.cu/

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