Emigración

Qué hacer si has estado fuera de EE.UU. por mucho tiempo y tienes residencia legal permanente

Publicado

el

En este artículo, te contamos si puedes perder tu residencia legal permanente en Estados Unidos. 

“Tengo residencia americana, pero llevo dos años sin entrar a Estados Unidos. ¿Me dejarían ingresar al país?”, consultó un usuario de un grupo de cubanos en Facebook. 

Debes saber que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), informa en su sitio web oficial:

“La Residencia Permanente o Tarjeta Verde será válida para ser readmitido en los Estados Unidos después de un viaje al extranjero si no está fuera por más de 1 año. En el caso de que el viaje del residente se extienda más de un 1 año, necesitará obtener un permiso de reingreso”.

Al respecto, la Embajada de los Estados Unidos en La Habana aclaró a la comunidad de cubanos en la isla: “Por lo general, el estatus de residente legal permanente en Estados Unidos se pierde de forma automática al estar más de un año fuera del país”.

Así trascendió en un video que formó parte de sus “30 consejos en 30 días”, donde explicaron qué sucede si una persona con residencia legal permanente ha permanecido por más de un año fuera de los Estados Unidos.

PERDER LA RESIDENCIA EN ESTADOS UNIDOS

La sede diplomática estadounidense informó que quienes hayan permanecido fuera de EE.UU. por más de un año o más allá del período de validez de su permiso de reingreso, “necesitarán solicitar una nueva visa de inmigrante para ser readmitido en Estados Unidos”. 

USCIS precisa que es posible “excusar el retraso si se debió a circunstancias extraordinarias fuera del control” de los residentes.

“Los residentes legales permanentes y titulares de la Green Card que salieron de los Estados Unidos y, por razones ajenas a su voluntad, no pudieron regresar en el plazo permitido, pueden solicitar una visa de residente retornante”, sostienen. 

Para ello, el peticionario deberá probar “la imposibilidad de regresar a los Estados Unidos por razones ajenas a su voluntad y de las cuales no es responsable”.

 

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Tendencia

Salir de la versión móvil