En este artículo te contamos qué productos puedes llevar a Cuba sin pagar impuestos, al menos hasta septiembre de 2025. Conocerás los límites vigentes de peso, artículos permitidos y cómo evitar los aranceles aduaneros.Si viajas a Cuba en 2025 puedes hacerlo sin incurrir en gastos aduaneros. Varias normativas vigentes mantienen beneficios especiales para viajeros que transporten productos básicos como alimentos, medicamentos, artículos de aseo e insumos médicos.
Según la Resolución 139/2025, continúa vigente la exención total de impuestos aduaneros para la importación sin carácter comercial de alimentos, medicamentos, artículos de aseo personal e insumos médicos.
Eso sí, ten en cuenta que este beneficio se aplica únicamente cuando estos productos se llevan como equipaje acompañado (es decir, en el mismo vuelo que el viajero) y se presentan en bultos separados del resto del equipaje.
Cada viajero puede ingresar a Cuba con aproximadamente: una maleta facturada de hasta 20 kg y
un equipaje de mano de hasta 10 kg. El total exento no debe superar los 30 kg, distribuidos de la siguiente manera:
Efectos personales: hasta 25 kg (ropa, calzado, artículos de uso personal como una laptop o un teléfono móvil). Y Misceláneas: hasta 5 kg adicionales (productos variados, generalmente de bajo valor unitario como ropa, calzado o productos de aseo).
Lista de productos libres de impuestos por la Aduana de Cuba hasta septiembre de 2025
En caso de que el equipaje consista únicamente en alimentos, medicamentos o aseo, se puede utilizar el canal verde en la Aduana, lo que significa entrada directa sin pago de impuestos ni revisión detallada.
Entre los productos autorizados sin límite de valor están: Alimentos no perecederos como leche en polvo, conservas de carne y pescado, harinas, cereales, galletas, condimentos y dulces.
También, medicamentos e insumos médicos en su empaque original, sin límite de cantidad. Artículos de aseo personal como jabón, champú, desodorante, crema dental, entre otros.
Todos deben viajar sellados, etiquetados comercialmente y en envases originales.
Envíos y equipaje no acompañado
Para el equipaje no acompañado (que llega por carga) el límite exento es de 500 USD o 50 kg. En el caso de envíos postales, marítimos o aéreos, el límite permitido es de 200 USD o 20 kg, siendo los primeros 30 USD o 3 kg exentos de impuestos. Lo que exceda paga un arancel del 30%.
¿Qué artículos sí pagan impuestos?
Electrodomésticos, equipos electrónicos y bienes duraderos no están exentos. Estos se descuentan del límite anual de 1000 USD que tiene cada persona para importar artículos personales. Por ejemplo, refrigeradores, televisores o ventiladores recargables.
Por último, no está permitida la importación de productos frescos como carnes, embutidos, frutas o verduras; tampoco se aceptan alimentos caseros ni productos sin etiquetado comercial. Los productos perecederos deben estar adecuadamente envasados y conservados.
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