Quienes importen mercancías a Cuba deberán distinguir entre las operaciones personales dentro de los límites habituales y las que se declaren con carácter comercial, porque tendrán cobros en monedas distintas.
El Ministerio de Finanzas y Precios aclaró que el equipaje acompañado, el no acompañado y los envíos que cumplan las reglas de importación no comercial mantienen el pago de aranceles y servicios en pesos cubanos. El cobro en dólares corresponde a mercancías que excedan esos límites o no clasifiquen como importación no comercial y se formalicen ante la Aduana con carácter comercial.
¿Cuánto pagarán los viajeros por mercancías comerciales?
El Decreto-Ley 132/2026 permite a las personas naturales declarar ante la Aduana determinadas importaciones con carácter comercial por la vía utilizada para equipajes y envíos. Las disposiciones se publicaron en la Gaceta Oficial del 5 de octubre y entran en vigor el 12 de octubre de 2026.
Para las mercancías comerciales que traigan los viajeros, la Resolución 197/2026 establece un arancel progresivo sobre el valor de importación. La tarifa es del 15 % hasta 2.000 dólares, del 20 % sobre el tramo que exceda esa cifra hasta 4.000, y del 25 % sobre el exceso hasta 6.000. Lo que supere los 6.000 dólares tributa al 30 %.
En los envíos declarados bajo el régimen comercial se aplica un arancel del 30 % en dólares. La resolución también fija tarifas máximas por servicios aduanales según el valor del envío: desde 2 dólares para valores de hasta 200, hasta 50 dólares cuando superen los 6.000.
Se mantienen las exenciones para productos esenciales
Las resoluciones 9 y 10 de 2026 mantienen los beneficios arancelarios para personas naturales que importen alimentos, productos de aseo, medicamentos, insumos médicos y plantas eléctricas. Según el Ministerio, seguirán vigentes mientras persistan las condiciones que motivaron su aprobación.
Esos beneficios no eximen del impuesto a una mercancía tramitada como importación comercial bajo la Resolución 197/2026. Si se decide eliminar las exenciones, deberá aprobarse otra resolución e informarse con al menos 30 días de antelación.
¿Cómo se hará el pago en dólares?
El impuesto y los servicios aduanales de las operaciones comerciales podrán pagarse con tarjetas internacionales o nacionales habilitadas para dólares. El efectivo se aceptará solo en aeropuertos, a través de las entidades autorizadas.
La Resolución 340/2026 de la Aduana General recoge las reglas y los valores de referencia para las importaciones no comerciales por cualquier vía. Esos límites determinan cuándo una operación puede mantenerse en el régimen personal con pago en pesos cubanos.















