¿Medicina privada en Cuba? MINSAP publica aclaración tras un catálogo de consultas en dólares

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La difusión de un catálogo de consultas en dólares en Camagüey llevó a las autoridades sanitarias provinciales a advertir que la medicina privada en Cuba sigue prohibida.

Consultas y pruebas anunciadas por Dalia Spa

El catálogo de Dalia Spa, un negocio privado de Camagüey, incluía consultas iniciales de medicina interna y cardiología por 30 dólares. También anunciaba interconsultas y seguimientos por 15 dólares.

La oferta mostraba ultrasonidos con precios de entre 25 y 45 dólares, una citología cervical por 80 dólares y un chequeo integral de laboratorio por 105 dólares. Figuraban además la inserción y extracción de dispositivos intrauterinos.

El establecimiento declaró después que el anuncio había sido una «prueba» y que esos servicios no estaban disponibles. La publicidad, por sí sola, no demuestra que Dalia Spa realizara consultas o procedimientos ni que cobrara las tarifas anunciadas.

La advertencia de Salud Pública de Camagüey

En un pronunciamiento difundido el jueves 8 de octubre, la Dirección General de Salud de Camagüey sostuvo que el ejercicio privado de la medicina carece de respaldo legal. Afirmó que la prohibición se aplica con independencia de la modalidad de cobro.

La institución anunció que las autoridades sanitarias y judiciales de la provincia actuarán contra quienes ofrezcan o promocionen servicios médicos con fines de lucro. Su advertencia abarca tanto a profesionales de la salud como a particulares.

También instó a la población a denunciar esas ofertas y las calificó como potencialmente fraudulentas. El pronunciamiento constituye una advertencia sobre la actividad anunciada, no una confirmación de que el negocio hubiera prestado los servicios.

¿Qué restringe el Decreto 160 de 2026?

La prohibición citada por la autoridad provincial figura en el Decreto 160 de 2026, publicado el 28 de julio y vigente desde el 4 de agosto. La norma regula las actividades no autorizadas o condicionadas para los actores económicos no estatales.

Su listado incluye las actividades técnicas y profesionales de atención médica y social, dentro y fuera del Sistema Nacional de Salud. La restricción comprende los servicios odontológicos.

El decreto contempla excepciones específicas para otras actividades sanitarias sujetas a autorización. Esas excepciones no equivalen a un permiso general para ofrecer consultas de medicina interna o cardiología desde un negocio privado.


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