El Tribunal Provincial Popular de La Habana informó sobre un caso judicial que ha causado consternación por la gravedad de los hechos y las edades de las víctimas.
La nota oficial confirma que se dictó sentencia firme contra dos ciudadanos acusados de corrupción y abusos cometidos en perjuicio de varias niñas.
El proceso fue seguido de cerca por las autoridades judiciales y sociales del municipio de Arroyo Naranjo, donde residían los implicados. Las investigaciones revelaron una situación de abandono y maltrato prolongado, lo que motivó la actuación del sistema judicial y de los servicios de protección infantil.
El pasado 29 de septiembre de 2025, el Tribunal Municipal Popular de Arroyo Naranjo celebró el juicio oral y público correspondiente a la causa 84 de 2025. En él se juzgó a Daima Rodríguez Núñez y a Carlos Díaz González, por delitos vinculados a la corrupción de personas menores de edad, otros actos contrarios al desarrollo integral de las mismas y abusos sexuales, según confirmó el propio tribunal en nota divulgada este 18 de octubre.
Hechos probados durante el juicio
De acuerdo con las pruebas presentadas, Daima Rodríguez Núñez, madre biológica y tutora legal de cuatro niñas de 10, 7, 4 y 1 año, incumplió gravemente sus deberes de cuidado. La acusada no garantizaba alimentación, educación ni atención médica, pese a contar con ayuda estatal para la crianza de sus hijas.
Durante los largos períodos en que abandonaba la vivienda, las menores quedaban solas durante la noche. En otras ocasiones, Rodríguez Núñez y su pareja obligaban a las niñas a mendigar alimentos y dinero en las calles de su barrio, recursos que luego destinaban al consumo de bebidas alcohólicas.
Responsabilidad penal de los acusados
El acusado Carlos Díaz González aprovechó ese entorno de abandono para realizar actos lascivos contra una de las menores, de solo 7 años. El tribunal determinó que ambos adultos actuaron de manera consciente y deliberada, vulnerando gravemente la integridad de las víctimas.
Las sanciones impuestas fueron de 8 años de privación de libertad para Daima Rodríguez Núñez y 10 años para Carlos Díaz González. Además, se dictó la suspensión de los derechos paternos de la madre y la prohibición de salida del país para ambos condenados.
Garantías procesales y aplicación de la ley
El Tribunal Provincial subrayó que en todo momento se respetaron las garantías procesales y el debido proceso establecidos en la Ley del Proceso Penal y en la Constitución de la República. Se aplicó, además, la legislación vigente al momento de los hechos, por resultar más favorable a los acusados.
Tanto la fiscalía como las partes sancionadas conservan el derecho de apelar ante la Sala correspondiente del propio Tribunal Provincial Popular de La Habana.
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