Nuevo requisito para entrar en Estados Unidos: qué deben saber los cubanos que viajan en avión

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Los cubanos con vuelos internacionales hacia Estados Unidos deberán presentar una declaración sanitaria a partir del 3 de noviembre de 2026, según la información disponible sobre la medida.

El trámite busca identificar a pasajeros que hayan estado en la República Democrática del Congo o hayan hecho escala allí durante los 21 días anteriores al viaje. La exigencia se relaciona con las medidas de prevención ante un brote de ébola en ese país.

A quiénes alcanza la declaración

La declaración sanitaria para viajar a Estados Unidos se exigirá a los pasajeros de vuelos internacionales, con independencia de su nacionalidad o lugar de salida. También deberán presentarla quienes hagan escala en un aeropuerto estadounidense antes de continuar hacia otro destino.

Así, un cubano que salga de La Habana, Madrid o Ciudad de México tendrá que completar el trámite aunque nunca haya viajado a África. Cada pasajero deberá certificar su propio historial de viaje durante el período indicado.

La declaración no reemplaza el pasaporte, el visado ni otras condiciones migratorias que correspondan a cada persona. Tampoco supone, por sí sola, una prohibición general de viajar para los ciudadanos cubanos.

Cómo se presenta el formulario

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC) han preparado un documento llamado Passenger Disclosure and Attestation to the United States of America. Según la información facilitada, podrá completarse en papel o en formato digital, con firma manuscrita o electrónica.

El formulario de los CDC debe corresponder a cada viajero. Si el pasajero es menor de 18 años, uno de sus progenitores u otra persona autorizada podrá completarlo y firmarlo en su nombre.

Cada aerolínea podrá establecer cómo recogerá la declaración, incluso durante la facturación en línea. Por eso, conviene revisar sus instrucciones antes de ir al aeropuerto. Según los términos de la medida descritos en la información facilitada, las compañías deberán impedir el embarque de quienes no entreguen el documento completo y firmado.

Escalas en el Congo y período de vigencia

Haber hecho escala en un aeropuerto de la República Democrática del Congo cuenta para los 21 días previos. Esto incluye a quienes permanecieron en la zona de tránsito o dentro del avión. Sobrevolar el país sin aterrizar no equivale a una escala.

Quienes hayan estado en territorio congoleño durante ese plazo no deben asumir que basta con marcar una casilla para abordar. La información facilitada señala que existen restricciones para su viaje en vuelos comerciales hacia Estados Unidos. En esos casos, necesitan consultar las instrucciones oficiales aplicables antes de desplazarse al aeropuerto.

El inicio previsto es el 3 de noviembre de 2026 a las 23:59, hora del este de Estados Unidos. La fecha máxima de vigencia indicada es el 18 de diciembre de 2026, aunque las autoridades podrían modificar, retirar o prorrogar la medida.


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