Si eres cubanoespañol puedes llevarte tu familia con residencia a España: guía completa de este tipo de visado

Si eres cubanoespañol puedes llevarte a tu familia con residencia a España: guía completa del visado para familiares de españoles. Más detalles de inmediato. Si eres cubanoespañol —es decir, ciudadano cubano con nacionalidad española— tienes el derecho de reagrupar a tu familia y llevarla a vivir de forma legal a España a través del Visado de residencia de familiares de personas de nacionalidad española.

Este visado permite que tus familiares entren y permanezcan más de 90 días en territorio español, obteniendo una residencia que les garantiza estabilidad, acceso a servicios y la posibilidad de integrarse plenamente en la vida en España.

Este procedimiento, que se tramita desde el Consulado de España en La Habana u otras sedes cuando ambos se encuentran fuera del país, está diseñado para proteger la unidad familiar y facilitar la convivencia en España.

¿Qué familiares pueden solicitar este visado?

La ley española contempla un amplio grupo de familiares que pueden beneficiarse:

  • Cónyuge mayor de 18 años, siempre que no exista fraude matrimonial.
  • Pareja de hecho inscrita en un registro público europeo.
  • Pareja estable no inscrita, con convivencia demostrada durante 12 meses o hijos en común.
  • Hijos propios o de la pareja, menores de 26 años, dependientes o con discapacidad.
  • Ascendientes directos (padres o abuelos) tanto del ciudadano español como de su pareja, si dependen económicamente.
  • Padre, madre o tutor de un menor español, cuando exista convivencia y responsabilidad parental.
  • Un solo familiar hasta segundo grado encargado de cuidados de un español dependiente.
  • Hijos de españoles de origen.
  • Otros familiares que acrediten dependencia económica real.
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Documentos esenciales

Para solicitar este visado se requieren:

  • Formulario oficial de visado nacional.
  • Fotografía tamaño carné.
  • Pasaporte válido por al menos un año.
  • Documentación del ciudadano español (DNI o pasaporte).
  • Documentos que prueben el vínculo familiar: certificados de nacimiento, matrimonio, inscripción de pareja, convivencia, dependencia o custodia.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado médico.
  • Documentos legalizados o apostillados y traducidos al español cuando corresponda.

Este visado es gratuito, salvo si la persona decide utilizar centros externos de recepción de documentos.

Proceso de solicitud

La cita debe pedirse a través del sistema oficial de visados del Consulado. La solicitud debe entregarse personalmente y siempre con originales y fotocopias, pues los originales no quedan en el expediente.

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El plazo habitual de resolución es de 15 días, aunque puede extenderse si se requiere documentación adicional o una entrevista.

12 comentarios en «Si eres cubanoespañol puedes llevarte tu familia con residencia a España: guía completa de este tipo de visado»

  1. No se de que Consulado hablan , porque lo que pasa a diario, es que padres de cubanos «Españoles «, residentes en España… Son denegados sus , visados . no hay otra verdad.!

  2. Hola para solicitarle el visado a un descendiente de primer grado mayor de 65 años hay que demostrar el estar a cargo y como sería el proceso para solicitarle ese visado gracias

  3. Es una buena opción. Es válido reclamar atención para quienes desde Habana solicitamos el visado para Madrid sin que se dé Resolución a los casos. Sólo la han dado para los presentados por Mercurio desde España

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