Si eres cubanoespañol puedes llevarte a tu familia con residencia a España: guía completa del visado para familiares de españoles. Más detalles de inmediato. Si eres cubanoespañol —es decir, ciudadano cubano con nacionalidad española— tienes el derecho de reagrupar a tu familia y llevarla a vivir de forma legal a España a través del Visado de residencia de familiares de personas de nacionalidad española.
Este visado permite que tus familiares entren y permanezcan más de 90 días en territorio español, obteniendo una residencia que les garantiza estabilidad, acceso a servicios y la posibilidad de integrarse plenamente en la vida en España.
Este procedimiento, que se tramita desde el Consulado de España en La Habana u otras sedes cuando ambos se encuentran fuera del país, está diseñado para proteger la unidad familiar y facilitar la convivencia en España.
¿Qué familiares pueden solicitar este visado?
La ley española contempla un amplio grupo de familiares que pueden beneficiarse:
- Cónyuge mayor de 18 años, siempre que no exista fraude matrimonial.
- Pareja de hecho inscrita en un registro público europeo.
- Pareja estable no inscrita, con convivencia demostrada durante 12 meses o hijos en común.
- Hijos propios o de la pareja, menores de 26 años, dependientes o con discapacidad.
- Ascendientes directos (padres o abuelos) tanto del ciudadano español como de su pareja, si dependen económicamente.
- Padre, madre o tutor de un menor español, cuando exista convivencia y responsabilidad parental.
- Un solo familiar hasta segundo grado encargado de cuidados de un español dependiente.
- Hijos de españoles de origen.
- Otros familiares que acrediten dependencia económica real.
Documentos esenciales
Para solicitar este visado se requieren:
- Formulario oficial de visado nacional.
- Fotografía tamaño carné.
- Pasaporte válido por al menos un año.
- Documentación del ciudadano español (DNI o pasaporte).
- Documentos que prueben el vínculo familiar: certificados de nacimiento, matrimonio, inscripción de pareja, convivencia, dependencia o custodia.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico.
- Documentos legalizados o apostillados y traducidos al español cuando corresponda.
Este visado es gratuito, salvo si la persona decide utilizar centros externos de recepción de documentos.
Proceso de solicitud
La cita debe pedirse a través del sistema oficial de visados del Consulado. La solicitud debe entregarse personalmente y siempre con originales y fotocopias, pues los originales no quedan en el expediente.
El plazo habitual de resolución es de 15 días, aunque puede extenderse si se requiere documentación adicional o una entrevista.
