Tras los últimos cambios en el tablero económico de Cuba el Banco Central publicó hoy información valiosa sobre el alcade las nuevas medidas.
Se trata de un texto en formato de preguntas y respuestas para explicar el nuevo sistema de gestión, control y asignación de las divisas. La publicación intenta poner orden en un debate que ya venía creciendo.
¿Qué se aprobó y por qué ahora?
El Consejo de Estado aprobó el Decreto-Ley 113 sobre transacciones en divisas en la economía nacional, publicado en la Gaceta Oficial. Junto a esa norma, se divulgaron la Resolución 140, la Resolución 125 y la Resolución 126, con reglas sobre el sistema de gestión de divisas, la operatoria de cuentas bancarias en divisas y la asignación de capacidad de acceso a la divisa.
Las explicaciones se apoyan en lo dicho en la Mesa Redonda por el ministro de Economía y Planificación, Joaquín Alonso Vázquez, y la presidenta del Banco Central de Cuba, Juana Lilia Delgado Portal. Alonso vinculó el paquete con el programa gubernamental para estabilizar la economía y habló de una dolarización parcial. En sus palabras: “Es una norma que tiene que ver con la dolarización parcial de la economía”.
También recordó un punto clave del Ordenamiento: se había definido que las transacciones serían en pesos cubanos. Sin embargo, reconoció que en la práctica varios actores terminaron operando en divisas fuera del marco legal. Por eso justificó la medida como un intento de encauzar operaciones que ya existían.
¿Dolarización parcial, pero con límites?
Uno de los mensajes repetidos en el texto es que el mecanismo no busca dolarizar toda la economía. El propio ministro lo explicó con una precisión que suele perderse en la conversación popular: “Se trata de un proceso que no implica dolarizar la economía. Es importante entender que cuando me refiero a dolarizar no me refiero solo al dólar; es un término que usamos los economistas para indicar que coexisten la moneda nacional y otras divisas en la economía, autorizadas por el Banco Central”.
La idea, según el enfoque oficial, sería legalizar y transparentar determinadas operaciones, sin abrir la puerta a que todo se cobre y se pague en divisas. Además, se insiste en que el objetivo estratégico final seguiría siendo la desdolarización y el peso cubano como centro del sistema.
¿A quiénes aplica y a quiénes no?
Un punto que el Banco Central intenta dejar claro es que la norma no va dirigida al ciudadano común que no realiza actividad económica. El alcance se concentra en los actores económicos.
Según el texto, entran en el sistema las personas jurídicas cubanas y extranjeras, las personas naturales que realizan actividad económica, los contratos de asociación económica internacional y proyectos que se encadenen a exportaciones o trabajen con fondos externos. También se mencionan proyectos de cooperación internacional y de desarrollo local cuando gestionan recursos y realizan actividades económicas.
Dicho de forma sencilla: empresas estatales, cooperativas, miPymes, trabajadores por cuenta propia y otras figuras vinculadas a producción, servicios o cadenas de exportación. No sería un “permiso” general para que cualquiera abra y use cuentas en divisas sin relación con una actividad económica autorizada.
¿Qué pasa con la retención de divisas y el 20 por ciento?
La publicación entra en uno de los temas que más ruido generan: cuánto se retiene y cuánto se aporta. En el caso de actores del sector externo, se expone que pueden retener el ciento por ciento de las divisas, según sus instrumentos de constitución.
Para las formas de gestión estatal, se plantea una regla general: retener el 80 por ciento de los ingresos en divisa por exportaciones o encadenamientos productivos y aportar el 20 por ciento. El argumento oficial es que el Estado ya subsidia costos importantes en moneda nacional, y que ese aporte sostiene programas sociales.
El texto llega a enumerar destinos concretos del aporte estatal, como la canasta familiar normada y la generación eléctrica subsidiada, además de obras en escuelas y centros de salud. Es una parte del contenido que busca legitimar el mecanismo ante la población.
También se subraya una excepción importante: los financiamientos externos, donaciones, créditos o aportes de socios se retendrían al ciento por ciento para el fin específico con que fueron entregados.
¿Cómo se abren las cuentas y qué permite la operatoria?
Otra duda habitual es el proceso bancario. La explicación oficial indica que, si el actor está comprendido, puede ir al banco y solicitar la apertura. Debe informar su actividad, proveedores y clientes. Luego el banco evalúa y, de forma interna, tramita una licencia del Banco Central.
Sobre la operatoria, Juana Lilia Delgado Portal afirmó que estas normas buscan facilitar ingresos en divisas al país y dar facilidades a quienes exporten o sustituyan importaciones. A partir de ahí, se describe qué puede entrar a esas cuentas, como ingresos por exportaciones, comercio electrónico con pagos desde el exterior, financiamientos, donativos, ventas a la Zona Especial de Desarrollo Mariel y compra de divisas en el mercado cambiario, entre otras fuentes lícitas.
En cuanto al uso, se mencionan pagos al exterior, pagos en el mercado interno a entidades autorizadas, transferencias entre actores autorizados, venta de divisas en el mercado cambiario y pagos vinculados a viajes o trámites, cuando estén dentro de lo permitido.
¿Cómo funcionará la asignación de capacidad y qué cambia?
El texto también explica un mecanismo para entidades que no generan suficientes divisas, pero deben importar para el país o para la población. Se describe un esquema donde la asignación funciona como “capacidad” y no como entrega libre. La entidad debe tener pesos cubanos para comprar esa divisa y entonces ejecutar pagos autorizados.
Aquí aparecen dos reglas que se destacan por su impacto práctico. Primero, que las asignaciones no son transferibles. Segundo, que tienen caducidad: si en 30 días no se ejecuta el pago, la asignación se cancela y se reasigna.
¿Qué intenta responder el Banco Central con este formato?
Más allá de tecnicismos, el objetivo del documento parece claro: contener la incertidumbre y marcar fronteras. No promete una solución rápida, pero sí insiste en disciplina, legalidad y control bancario.
En paralelo, queda abierta una pregunta que el propio ministro mencionó como recurrente: la tasa de cambio a la que se moverán estas operaciones y cómo se reordenará el mercado cambiario. Por ahora, la publicación se limita a decir que se trabaja en esa dirección, sin aterrizar fechas ni números.
