La Aduana de Cuba establece que la entrada de mercancías por parte de pasajeros que arriben a la isla está sujeta a un régimen aduanero específico, diseñado para regular las importaciones sin carácter comercial. Este sistema establece qué productos pueden ingresar al país, en qué cantidades y bajo qué condiciones fiscales.
Las reglas no son iguales para todos los casos. La Aduana evalúa cada importación según la modalidad de entrada, el tipo de artículo, su peso y su valor en aduana. Estos elementos determinan si un pasajero debe pagar impuestos y cuál será el monto final.
El marco normativo vigente contempla métodos de valoración diferenciados y límites estrictos. Su aplicación tiene efectos directos en el costo del equipaje y en la cantidad de productos que pueden transportarse legalmente. Por ese motivo, la fecha de entrada al país resulta clave para los viajeros.
¿Qué normas regulan el equipaje de los viajeros?
El régimen general está definido por la Ley 113 del Sistema Tributario y el Decreto-Ley 22 del Arancel de Aduanas para las importaciones sin carácter comercial. Estas disposiciones fijan los topes permitidos y el cálculo del impuesto aduanero.
En condiciones ordinarias, los artículos importados por personas naturales tributan según su valor o mediante la relación peso-valor establecida por la Aduana. Cuando se superan los límites exentos, se aplica un gravamen que puede alcanzar el 30 %.
¿Qué prórroga está vigente hasta el 31 de enero de 2026?
Actualmente está en vigor una prórroga excepcional que suspende el cobro del impuesto aduanero a alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos médicos importados sin carácter comercial.
Esta prórroga permite la entrada de estos artículos sin límites de valor en el equipaje acompañado. También amplía los topes para el equipaje no acompañado y los envíos personales, y suspende la aplicación del método peso-valor para estos productos.
La medida tiene una fecha límite definida: 31 de enero de 2026.
¿Qué ley se aplicará a partir de febrero si no hay prórroga?
Desde el 1 de febrero de 2026, si no se aprueba una nueva prórroga, volverán a aplicarse sin excepciones la Ley 113 y el Decreto-Ley 22.
Esto supone la reactivación automática del cobro del impuesto aduanero a los productos básicos. No se requiere una nueva resolución para que entren en vigor las reglas ordinarias.
La Aduana retomará los procedimientos habituales de valoración y fiscalización.
¿Qué productos dejarán de estar exentos?
Alimentos, artículos de higiene personal, medicamentos y material médico volverán a tributar como el resto de las mercancías.
Productos como leche en polvo, conservas, detergentes, champú, pañales, analgésicos o antibióticos generarán pagos en frontera si se superan los límites exentos.
También se reducirán las cantidades permitidas.
¿Por qué estas dos semanas son clave para quienes viajan?
Los pasajeros que entren a Cuba antes de que finalice enero aún lo harán bajo el régimen prorrogado. Después, el costo del equipaje aumentará de forma inmediata.
Para muchas familias, esta diferencia marcará el acceso a productos esenciales durante los próximos meses.
Información reciente del Ministerio de Finanzas y Precios
En las últimas horas, el Ministerio de Finanzas y Precios salió al paso de versiones que circulaban en redes sociales y confirmó que la exención arancelaria se mantiene vigente hasta el 31 de enero de 2026. El organismo aclaró que todavía no se ha adoptado ninguna decisión que modifique el tratamiento tributario excepcional aplicado a la importación sin carácter comercial de alimentos, productos de aseo e insumos médicos.
La institución subrayó que cualquier cambio relacionado con esta política será comunicado únicamente a través de canales oficiales. También insistió en la importancia de informarse por fuentes institucionales, en un contexto marcado por la difusión de datos imprecisos que generan confusión entre viajeros y familias que dependen de estos envíos.
Circulan en redes informaciones erróneas sobre fin de exención arancelaria a importación sin carácter comercial de alimentos, aseos e insumos médicos, este beneficio está vigente hasta el 31 de enero de 2026. Consulte modificación u actualización de normas en medios oficiales .🇨🇺 pic.twitter.com/23dop25UAn
— Ministerio de Finanzas y Precios Cuba (@finanzasprecios) January 14, 2026
