Emiten alerta sobre las tarjetas de Residente Permanente en Estados Unidos

El pasado 23 de enero el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) emitió una alerta sobre las tarjetas de Residente Permanente para aquellos residentes con un Formulario I-751 o Formulario I-829 en trámite.

Según la autoridad migratoria, las modificaciones buscan “acomodar los tiempos actuales de procesamiento de los Formularios I-751 y I-829, que aumentaron durante el último año”.

De tal manera, decidieron extender la validez de las Tarjetas de Residente Permanente (conocidas también como Green Card) para los solicitantes que presentaron adecuadamente el Formulario I-751 o el I-829, por 48 meses a partir de la fecha de vencimiento. 

Según precisan, el cambio entró en vigor el 11 de enero de 2023 para el Formulario I-829 y el 25 de enero de 2023 para el Formulario I-751.

USCIS aseguró en su nota de alerta que se emitirán “nuevas notificaciones de recibo para los residentes permanentes condicionales elegibles que previamente recibieron notificaciones con una extensión menor de 48 meses y cuyos casos aún están en trámite”. 

Asimismo, aclararon que “estas notificaciones de recibo se pueden presentar con una Tarjeta de Residente Permanente vencida como evidencia del estatus continuo, mientras el caso permanece pendiente con UCSIS”. 

Cuando la persona interesada presente la notificación de recibo actualizada con su tarjeta de residente permanente legal vencida, continuará autorizada “para trabajar y viajar durante 48 meses desde la fecha de vencimiento indicada en el frente de su tarjeta de residente permanente vencida”.

RESIDENTES PERMANENTES CONDICIONALES

Los titulares de una residencia permanente condicional reciben una Tarjeta Verde o Green Card, válida por un plazo de 2 años. Dicha tarjeta no puede renovarse, sino que debe ser cancelada mediante el Formulario I-751, Petición para Eliminar Condiciones en la Residencia.

Esta solicitud la realiza un residente condicional que obtuvo el estatus a través del matrimonio, para pedir que USCIS elimine las condiciones de su residencia y poder acceder a sus beneficios de residente permanente a largo plazo.

El Servicio de Inmigración recuerda que los residentes permanentes condicionales que piensan “estar fuera de Estados Unidos por un año o más deben solicitar un permiso de reingreso mediante el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje”, previo a su salida del país. De no hacerlo, considerará que usted abandonó su estatus.

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