Buenas noticias para los cubanos casados con ciudadanos españoles o que mantienen una unión de hecho reconocida: el Gobierno español flexibiliza los requisitos para acreditar el matrimonio celebrado en el extranjero al momento de solicitar la residencia en España.
Hasta ahora, muchas parejas enfrentaban largos procesos burocráticos por la exigencia de inscribir su matrimonio en el Registro Civil español antes de iniciar cualquier trámite migratorio. Sin embargo, la Dirección General de Gestión Migratoria ha emitido nuevos criterios que simplifican este paso.
Según el documento oficial difundido por consultorías reconocidas como Legal Team, ya no es obligatorio que el matrimonio celebrado en el extranjero esté inscrito en el Registro Civil español para que sea válido ante Extranjería. Bastará con presentar un certificado de matrimonio emitido por las autoridades del país donde se celebró, siempre que cumpla ciertos requisitos:
- Traducción oficial, si el documento no está en español.
- Legalización o Apostilla de La Haya, salvo que exista un convenio internacional que exima este paso.
- Validez del documento: no se exige que esté actualizado, salvo que existan sospechas de que la relación ya no se mantiene.
Cuba: casarse con un ciudadano español
Sin lugar a dudas, este paso es un cambio importante, sobre todo para cubanos que se casan en Cuba con un ciudadano español y desean vivir legalmente en España. Ahora, podrán acreditar su vínculo con el acta de matrimonio cubana, debidamente apostillada y traducida si es necesario, sin esperar a la inscripción en España.
“El certificado de matrimonio extranjero, si cumple los requisitos, sirve como prueba suficiente del vínculo. La inscripción en el Registro Civil español no es constitutiva, sino solo declarativa”, se señala en el documento oficial.
Este cambio también beneficia a quienes estén en uniones de hecho, ya que se busca facilitar y agilizar los procesos migratorios, eliminando trabas innecesarias y reduciendo los tiempos de espera.
Los interesados pueden dirigir sus consultas al correo oficial: [email protected] o acudir a un abogado especializado.
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