Empresas de cruceros podrían pagar millones por operar en bienes confiscados en Cuba

Empresas de cruceros podrían pagar millones por operar en bienes confiscados en Cuba

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Corte Suprema revive millonarias demandas contra Cuba por bienes confiscados tras la Revolución y las empresas de cruceros que navegaron a La Habana durante la era del deshielo están en la mira.

La Corte Suprema de Estados Unidos abrió un nuevo capítulo en las disputas legales relacionadas con las propiedades confiscadas tras la revolución cubana, al fallar a favor de los antiguos propietarios estadounidenses que reclaman compensaciones por bienes expropiados por el gobierno de Fidel Castro hace más de seis décadas.

Con una votación de ocho magistrados contra uno, el máximo tribunal estadounidense permitió que continúen las demandas impulsadas por la empresa Havana Docks, antigua operadora de muelles en La Habana, contra importantes líneas de cruceros internacionales que realizaron operaciones en Cuba durante el deshielo diplomático promovido por el expresidente Barack Obama.

El caso se centra en compañías como Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruceros, acusadas de utilizar instalaciones consideradas bienes confiscados por el régimen cubano. Según el fallo redactado por el juez Clarence Thomas, el tribunal de apelaciones de Atlanta se equivocó al desestimar las reclamaciones, ya que las empresas habrían utilizado propiedades sobre las cuales Havana Docks mantiene derechos legales reconocidos en Estados Unidos.

La decisión se produce en medio de un aumento de las tensiones entre Washington y La Habana bajo la administración de Donald Trump. Apenas un día antes del fallo, el exmandatario cubano Raúl Castro fue acusado formalmente ante la justicia estadounidense por el derribo de avionetas civiles de Hermanos al Rescate en 1996.

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El núcleo legal de la disputa gira alrededor de la Ley Helms-Burton, especialmente su Título III, que permite a ciudadanos estadounidenses demandar a empresas extranjeras que se beneficien de propiedades confiscadas por el gobierno cubano después de la revolución de 1959.

Durante años, distintos presidentes de Estados Unidos suspendieron la aplicación de esta disposición para evitar conflictos diplomáticos con aliados internacionales y proteger las posibilidades de negociación con Cuba. Sin embargo, en 2019 Donald Trump activó plenamente el Título III y endureció las restricciones hacia la isla.

La medida tuvo consecuencias inmediatas. Las principales compañías de cruceros cancelaron sus operaciones en Cuba después de haber retomado los viajes tras el histórico acercamiento impulsado por Obama en 2016. Durante ese período, miles de turistas estadounidenses llegaron a La Habana en cruceros, impulsando el turismo y la economía local.

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En una instancia previa, la jueza federal Beth Bloom había responsabilizado a las líneas de cruceros por utilizar la terminal portuaria de La Habana vinculada a Havana Docks. Además, determinó que las licencias otorgadas por el Departamento del Tesoro durante la administración Obama no protegían a las empresas frente a estas demandas.

Bloom llegó a fijar una indemnización superior a los 400 millones de dólares a favor de Havana Docks, aunque posteriormente un tribunal de apelaciones revocó esa decisión. Ahora, tras el pronunciamiento de la Corte Suprema, el caso volverá a ser analizado en instancias inferiores.

Expertos consideran que este fallo podría abrir la puerta a nuevas demandas relacionadas con propiedades confiscadas en Cuba, generando preocupación entre empresas internacionales con intereses comerciales en la isla.


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