Los cubanos que cumplan determinados requisitos pueden solicitar un visado Schengen gratuito para acompañar a un familiar español o reunirse con él.
Este procedimiento también beneficia a familiares de ciudadanos de otros países de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza.
La solicitud queda exenta de la tasa consular y recibe tramitación preferente. La tarifa general del visado Schengen para adultos es de 90 euros.
La gratuidad no cubre posibles servicios opcionales de un centro externo de recepción de solicitudes. El registro y la reserva de la cita consular tampoco tienen costo.
Familiares incluidos en el procedimiento
Pueden solicitar este visado los cónyuges y las parejas inscritas en un registro público. También pueden hacerlo las parejas estables no registradas.
En este último caso, deberán demostrar al menos un año de convivencia continuada. Ese plazo no se exige cuando la pareja tiene hijos en común.
La categoría incluye a los hijos menores de 21 años del ciudadano europeo, de su cónyuge o de su pareja registrada. Los mayores de esa edad deben acreditar dependencia económica o incapacidad.
También pueden beneficiarse los padres y otros ascendientes directos que vivan a cargo del ciudadano europeo. La dependencia deberá demostrarse con documentos suficientes.
Otros familiares podrían acogerse cuando dependan económicamente del ciudadano, hayan convivido con él o necesiten su cuidado por razones graves de salud o discapacidad.
Pruebas exigidas para demostrar la dependencia
El Consulado de España en La Habana aplica requisitos específicos según la edad y las circunstancias del solicitante.
Las personas de 21 a 25 años y las mayores de 65 deben acreditar convivencia previa o dependencia económica exclusiva.
Para solicitantes de 26 a 64 años, pueden exigirse pruebas de que carecen de otros familiares y no pueden valerse por sí mismos.
El envío de remesas, por sí solo, no garantiza que una persona sea considerada dependiente. Las autoridades valoran el conjunto de las circunstancias y documentos presentados.
Documentos y solicitud de cita en La Habana
El expediente requiere el formulario Schengen, una fotografía reciente, el pasaporte vigente y las pruebas del vínculo familiar.
Según el caso, pueden presentarse certificados de nacimiento o matrimonio, Libro de Familia español, registros de pareja o pruebas de convivencia estable.
Los certificados cubanos deben cumplir los requisitos de legalización correspondientes. Todos los documentos tienen que estar en español o acompañados de traducción jurada oficial.
El solicitante también debe probar que viajará con el ciudadano europeo o que se reunirá con él en España.
Si el ciudadano europeo no está en Cuba, puede requerirse un acta notarial de manifestaciones emitida durante los 12 meses anteriores. El documento debe recoger su voluntad de recibir al familiar.
Para registrarse en el sistema de citas, cada solicitante debe enviar una fotografía nítida junto a su pasaporte y una prueba inicial del vínculo.
Plazos y diferencia con el visado de residencia
El plazo legal de resolución es de 15 días naturales desde la presentación formal. Puede extenderse hasta 45 días si solicitan documentos adicionales o una entrevista.
La tramitación preferente no supone que exista una cita inmediata. Tampoco implica un derecho automático de entrada al espacio Schengen.
Este visado permite estancias de hasta 90 días dentro de cualquier período de 180 días.
Quienes planeen vivir en España durante más de 90 días deben solicitar el visado de residencia para familiares de personas de nacionalidad española.
















