El cambio de dirección ante USCIS debe hacerse directamente con la agencia, aunque la persona ya haya comunicado su mudanza al Servicio Postal de Estados Unidos (USPS).
USPS no reenvía el correo de USCIS
USCIS recuerda que actualizar el domicilio con USPS no modifica sus registros. El servicio postal tampoco reenvía la correspondencia enviada por la agencia migratoria. Una persona con un trámite pendiente puede perder avisos o documentos si USCIS conserva su dirección anterior.
Por eso, quien se muda debe actualizar sus datos por separado ante USCIS y USPS. El trámite postal no sustituye la notificación migratoria, incluso cuando ya se haya solicitado el reenvío de otro tipo de correspondencia.
Plazo y opciones para comunicar la mudanza
En términos generales, las personas extranjeras que viven en Estados Unidos deben informar su nueva dirección a USCIS dentro de los 10 días posteriores a la mudanza. El requisito tiene excepciones, entre ellas para titulares de visas A y G y visitantes del programa de exención de visa.
USCIS recomienda hacer el cambio mediante una cuenta en línea. Si hay solicitudes pendientes, la persona debe introducir el número de recibo de cada una para aplicar la actualización a esos expedientes. La agencia también acepta el formulario AR-11 en papel, pero advierte que esa vía no actualiza automáticamente la dirección en sus sistemas.
Si también hay un caso en la corte
Quienes tengan un proceso ante una corte de inmigración deben atender, además, las reglas de notificación de ese tribunal. USCIS indica que, para cada persona con un caso pendiente en la corte cuya dirección cambie, se debe presentar el formulario EOIR-33.
Son gestiones distintas: avisar a USCIS sobre una mudanza no reemplaza el cambio de domicilio ante la corte. Mantener ambas direcciones al día permite recibir las comunicaciones correspondientes a cada proceso en el domicilio vigente.















