Cuba prohíbe pagar viviendas en efectivo: nuevas reglas para comprar y vender casas en la isla

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Comprar una vivienda en Cuba representa una de las decisiones económicas más importantes para muchas familias. Los precios, la disponibilidad de inmuebles y la necesidad de reunir dinero complican numerosas operaciones.

Una parte de estas compras cuenta con recursos enviados por familiares que viven fuera del país. En algunos casos, compradores y vendedores acuerdan condiciones antes de acudir al notario.

La entrada en vigor de una nueva legislación obligará a prestar mayor atención a las formas de pago y a la documentación de las operaciones. No bastará con que las dos partes estén conformes con el precio.

La nueva regla para pagar una vivienda en Cuba

El artículo 90 de la Ley 187/2026, publicada el 14 de octubre en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, dispone que el pago del precio de compraventa se efectúe mediante instrumentos o títulos de crédito previstos por la legislación bancaria.

La disposición admite cualquier otra modalidad de pago que no sea en efectivo. Por tanto, el dinero entregado físicamente queda excluido como medio de pago del precio pactado.

La ley entrará en vigor el 21 de octubre de 2026. No indica en ese artículo que una determinada moneda extranjera sea obligatoria para todas las operaciones.

Las modalidades concretas deben ajustarse a las regulaciones bancarias vigentes y a las condiciones legales aplicables a la compraventa.

Qué documentos debe presentar el vendedor

La misma disposición exige al vendedor haber liquidado los adeudos correspondientes al pago del precio de la vivienda.

También debe acreditar el pago del impuesto y la inscripción del inmueble en el Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles.

El artículo 89 establece que la compraventa se formaliza ante notario mediante escritura pública con sede en la provincia donde se encuentra la vivienda, salvo las excepciones legales.

Las partes pueden acordar cláusulas y condiciones siempre que no vulneren la ley ni alteren la naturaleza del contrato.

¿Pueden comprar personas extranjeras y empresas?

La ley contempla compraventas entre personas naturales y personas jurídicas cubanas o extranjeras, y reconoce derechos y obligaciones a las personas extranjeras que adquieren inmuebles bajo los supuestos legales.

Esto no debe interpretarse como una eliminación automática de todos los requisitos aplicables a inversionistas o compradores extranjeros.

Las entidades económicas no estatales pueden adquirir por compraventa hasta dos viviendas, siempre que no superen ese límite mediante otras transmisiones.

El artículo 92 contempla igualmente la adquisición de derechos sobre viviendas que se encuentran en construcción, con escritura notarial y los requisitos del Reglamento General.

Cambios en impuestos y valoración

La propia Ley de la Vivienda modifica reglas de la legislación tributaria. Para la compraventa, la base imponible se vincula al precio de transmisión cuando este sea igual o superior al valor catastral.

La Gaceta publica además la Resolución 16/2026, que actualiza las metodologías de cálculo del valor catastral de inmuebles urbanos y rurales.

Estas disposiciones hacen especialmente importante revisar los documentos, la valoración y la forma de pago antes de firmar una operación.

Para quienes financian compras desde el exterior, la norma merece atención adicional: enviar dinero a un familiar y figurar como propietario del inmueble son hechos jurídicamente diferentes.


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