Atención: Gobierno cubano establece nuevas reglas para el pago de impuestos

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Los cambios tributarios suelen despertar inquietud entre quienes trabajan por cuenta propia o mantienen alguna actividad económica en Cuba. No siempre resulta sencillo saber qué impuesto corresponde a cada negocio.

Las obligaciones varían según la forma de organización, el origen de los ingresos y la actividad desarrollada. Por eso, cualquier actualización publicada por las autoridades puede generar dudas entre empresarios y trabajadores.

Una nueva resolución introduce precisiones sobre el pago de impuestos y el tratamiento financiero de determinadas iniciativas. Su alcance es específico y no significa que todos los negocios cubanos deban aplicar las mismas tasas.

¿Qué dispone la nueva resolución del Gobierno cubano?

La Resolución 202 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios aparece en la Gaceta Oficial ordinaria número 87, publicada este 21 de octubre.

El documento actualiza el procedimiento de financiamiento, precios, contabilidad y obligaciones tributarias de los proyectos de desarrollo local. Se trata de una figura regulada por el Decreto 174 de 2026.

Los proyectos aprobados deben cumplir obligaciones fiscales propias, independientes de las correspondientes a sus titulares. Además, tienen que regularizar su condición de contribuyentes ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria.

No es una nueva tabla fiscal para todas las mipymes ni para todos los trabajadores por cuenta propia.

¿Qué porcentajes deberán tener en cuenta?

El artículo seis de la Resolución 202 establece un tipo impositivo del diez por ciento sobre el total de ventas y servicios de estos proyectos, según corresponda.

Existe un tratamiento específico para la comercialización minorista de alimentos producidos por minindustrias. En ese caso, la tasa prevista es del cinco por ciento.

Por otro lado, el artículo siete establece un impuesto sobre utilidades del treinta y cinco por ciento para los proyectos de desarrollo local.

Son tributos diferentes: uno se calcula sobre ventas o servicios y el otro sobre utilidades. No deben sumarse como si constituyeran un único porcentaje sobre los ingresos.

¿Se contemplan rebajas o exoneraciones?

La resolución permite que el Ministerio de Finanzas y Precios exonere o bonifique los impuestos sobre ventas y servicios en determinados casos.

Para ello, debe existir una solicitud de los consejos provinciales o de las administraciones municipales, atendiendo a las características del proyecto y su contribución al desarrollo del territorio.

La posibilidad de recibir una bonificación no implica que el proyecto tenga derecho automático a ella. Debe mediar la decisión de la autoridad competente.

El texto contempla además el tratamiento de aranceles durante procesos inversionistas, sujeto a la legislación aplicable y a la solicitud correspondiente.

Obligaciones para trabajadores y titulares

Quienes reciben ingresos personales derivados de los proyectos deben atender los impuestos que correspondan a esas remuneraciones.

La resolución establece que los trabajadores tributan mediante un sistema de retenciones realizado por el proyecto en ocasión del pago mensual.

Los titulares también quedan sujetos al impuesto sobre ingresos personales cuando obtienen rentas de esa naturaleza, conforme a la escala progresiva y a la Ley Anual del Presupuesto del Estado.

Desde cuándo se aplican las disposiciones

La resolución se publicó el 21 de octubre de 2026 y sustituye normas anteriores sobre el tratamiento tributario de estos proyectos. El documento no fija una fecha de vigencia distinta en su disposición final.

El Decreto 174, que establece el marco general de los proyectos de desarrollo local, dispone su entrada en vigor treinta días después de la publicación, el 20 de noviembre.

La Gaceta no demuestra por sí sola que cada porcentaje sea un impuesto completamente nuevo o una subida respecto de las regulaciones anteriores. Para determinarlo, habría que comparar la situación previa de cada proyecto.

Fuente: Gaceta Oficial de Cuba, edición ordinaria número 87, Resolución 202/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios.


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