La policía decomisó más de 90 kilogramos de carne de res en una vivienda de Los Reynaldos, en Songo la Maya, Santiago de Cuba.
El registro estuvo relacionado con una presunta venta clandestina del producto, según la versión difundida por la página oficialista Héroes del Moncada. Esa cuenta, vinculada al Ministerio del Interior, divulgó el caso el sábado 7 de noviembre.
¿Qué ocuparon durante el registro?
Además de la carne de res, los agentes incautaron 73 libras de huesos y ocho libras de vísceras. El inventario incluyó dinero en efectivo en pesos cubanos, cuchillos, varillas metálicas y correas.
La publicación presentó esos instrumentos como presuntos medios empleados para sacrificar los animales. También atribuyó a los residentes de la casa la posesión de los productos y objetos ocupados durante la intervención policial.
Otros casos en Santiago de Cuba
El municipio de Songo la Maya registra otros procesos relacionados con la comercialización ilegal de ganado. En junio de 2025, dos hombres recibieron condenas por transportar 118 kilogramos de carne en un vehículo estatal. Las penas fueron de cuatro años y seis meses para uno y seis años para el otro.
En diciembre de 2025, la policía arrestó a otras dos personas mientras sacrificaban dos reses en una vivienda del barrio Flores. Ese caso ocurrió en el municipio de Santiago de Cuba. En febrero de 2026, otro registro domiciliario terminó con el decomiso de más de 90 libras de carne de res en San Luis.
Fuera de Santiago de Cuba, un operativo en Cárdenas, Matanzas, concluyó en julio con cinco hombres detenidos mientras sacrificaban tres reses. Los agentes ocuparon entonces 202,5 kilogramos de carne.
Las sanciones previstas en el Código Penal
El artículo 316 de la Ley 151/2022 distingue entre sacrificar ganado ajeno, traficar su carne y adquirirla con conocimiento de su procedencia ilegal. Para el sacrificio de ganado mayor ajeno establece entre cuatro y diez años de prisión. El tráfico de carne de animales sacrificados ilegalmente contempla entre tres y ocho años.
La norma también alcanza al propietario o poseedor legal que sacrifique ganado sin autorización o causa justificada, o comercialice sus carnes. Para esa conducta fija de uno a tres años de prisión, multa de 300 a 1000 cuotas, o ambas sanciones.















