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España extiende restricciones de entrada a viajeros de terceros países

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El gobierno de España anunció este 30 de abril que extendería nuevamente las restricciones de entrada a su territorio de viajeros procedentes de terceros países o sea, a residentes fuera de la Unión Europea (UE).

Los nacionales de países fuera del espacio Schengen y de la UE solo pueden ingresar por razones esenciales. España prorrogó así la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y al espacio europeo Schengen hasta el 31 de mayo de 2020.

Este viernes se ha publicado la confirmación de la decisión en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta orden del Ministerio del Interior responde a la recomendación del Consejo Europeo del 30 de junio de 2020, donde se recomendaba la restricción temporal de este tipo de viajes en avión a Europa.

Esta limitación por supuesto, incluye a los viajeros cubanos que quieran hacer uso de visados de turismo. Con la ampliación de la medida, esta opción de entrada a Europa sigue restringida.

“Se prorroga hasta el 31 de mayo, por la que se establece una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen con motivo de la crisis sanitaria”, se lee en el Twitter del Consulado de España en Cuba.

Añaden que por ese motivo, no se expedirán visados de corta estancia, tipo C, para estancias cortas (visitas familiares, turismo, etc).

“Continúa la expedición de visados a familiares de ciudadanos de la Unión Europea y países asociados Schengen, visados de estudio y visados de trabajo y marineros”, agregan.

Además a partir del 1 de mayo, los viajeros de India, Brasil, Sudáfrica, Botswana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabwe, Perú y Colombia, con o sin escalas, solo podrán entrar en España si son residentes en ese país.

Entre las excepciones están si son ciudadanos españoles o su cónyuge o pareja. Así como los ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, también podrán hacerlo, siempre que viajen o se reúnan con uno de ellos.

También podrán ingresar si son personal de transporte marítimo y aeronáutico para realizar las actividades designadas; Organismos diplomáticos, consulares, internacionales, militares, de protección civil y humanitarios, en el ejercicio de sus funciones, o que acrediten causas de fuerza mayor.

Las restricciones de entrada por vía aérea para pasajeros de países fuera de la UE y el espacio Schengen se han ampliado y adaptado a la evolución de la crisis sanitaria en los diferentes países.

La última prórroga, que entró en vigor el 26 de marzo, finalizaba este viernes 30 de abril. Con la publicación en el BOE de la nueva normativa, la restricción temporal de los viajes no imprescindibles en avión desde terceros países a la UE y asociados a Schengen se prorroga hasta el 31 de mayo.

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