Cuba formaliza en Gaceta Oficial la dolarización parcial de su economía, cómo será el uso del dólar y establece un nuevo marco legal para las transacciones en divisas. Más detalles de inmediato. Cuba dio un giro económico trascendental con la aprobación del Decreto-Ley 113, que legaliza y regula de manera formal la dolarización parcial en la isla.
Aunque el peso cubano (CUP) se mantiene como moneda oficial, el Estado reconoce la necesidad de operar en divisas y crea un marco normativo que permite transacciones internas en monedas extranjeras dentro de sectores específicos y con autorización estatal.
Uno de los cambios más relevantes es que el Banco Central de Cuba (BCC) podrá autorizar que otras monedas —incluidos billetes no emitidos por él— tengan curso legal, un hecho sin precedentes desde la unificación monetaria. Esta medida abre la puerta a un uso más amplio y controlado del dólar y otras divisas en la economía nacional.
Paralelamente, el Ministerio de Economía y Planificación (MEP) asume un rol protagónico al centralizar la gestión de divisas. Será el encargado de autorizar qué actores pueden operar en monedas extranjeras, definir procedimientos, administrar las asignaciones centralizadas y reportar trimestralmente al Consejo de Ministros. Esto recentraliza mecanismos que antes se encontraban repartidos entre varias instituciones.
Entre las novedades regulatorias destaca la creación de la Asignación de Capacidad de Acceso a la Divisa (ACAD), un instrumento que permite a las entidades comprar divisas desde la Caja Central utilizando CUP al tipo de cambio oficial.
La ACAD es intransferible, debe estar totalmente respaldada y se cancela si no se utiliza antes de su vencimiento. Sustituye varios sistemas previos de administración de liquidez, unificando criterios y procedimientos.
El Gobierno también implementa una nueva normativa sobre retención de divisas, estableciendo porcentajes homogéneos para actores económicos.
Asimismo, se amplía el acceso a cuentas en divisas para MIPYMES, TCP, cooperativas, productores agropecuarios, instituciones religiosas, proyectos locales y hasta la población a través de tarjetas especializadas.
Las reglas para pagos internos en divisas también se flexibilizan, permitiendo operaciones dentro de sectores como la ZED Mariel, el comercio mayorista y minorista en MLC y cadenas productivas autorizadas.
Todo esto viene acompañado de la derogación de normas anteriores, alineando el sistema financiero a un único marco regulatorio más centralizado. Las MIPYMES y demás actores no estatales ganan espacio, pero bajo un control más estricto del MEP y el BCC.
