Consulado en Cuba informa: ¿qué debo hacer si me denegaron el trámite de nacionalidad española?

El Consulado de España en La Habana ha informado este lunes sobre el proceso que debe seguir una persona a la que se le haya negado la nacionalidad española y desee apelar la decisión.

Pero, primero que todo, ¿quiénes pueden solicitar la nacionalidad española en Cuba? 

Aclara la página oficial del Consulado de España que si una persona está interesada en optar a la nacionalidad española por el artículo 20 del Código Civil en Cuba, debe tener en cuenta que solamente se conceden citas y se atenderán las solicitudes que cumplan los siguientes supuestos:

  • Quienes estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
  • Las personas cuyo padre o madre hubieran sido originariamente español y nacido en España.
  • Quienes se hallen comprendidas en el segundo apartado de los artículos 17 y 19 del Código civil.
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Son claros cuando dicen que si un cubano no se encuentra dentro de estos supuestos, no debe solicitar cita.

Por tanto, en el apartado de Nacionalidad del sitio del Consulado de España en La Habana, usted verá disponibles las siguientes opciones de trámites:

  1. Solicitud de nacionalidad española según Ley 36/2002 (tanto para mayores como menores de edad).
  2. Inscripción de nacimiento en el registro civil consular de hijos menores de edad cuyo padre/madre ya era español en el momento de nacer el menor
  3. Conservación de la nacionalidad española
  4. Citas para firmar consentimiento y/o reconocimiento en expedientes en trámite
  5. Citas para ciudadanos españoles que obtuvieron la nacionalidad española por opción y desean obtenerla por recuperación.
  6. Ley 52 de Memoria Histórica conocida también como Ley de Nietos

En el caso del último punto es necesario recordar que el plazo para la presentación de solicitudes de nacionalidad española con motivo de la Ley 52 o Ley de Memoria Histórica finalizó el 27/12/2011.

Desde esa fecha, el Consulado de España en Cuba no admite a trámite ninguna solicitud.

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¿Quiénes aplican entonces a la solicitud de la nacionalidad española según Ley 36/2002?  

Pueden pedir cita y solicitarla quienes se amparan en los siguientes supuestos:

  • Que el solicitante sea mayor de edad y al menos uno de sus progenitores nacido en España
  • Que el solicitante sea mayor de edad nacido en España y al menos uno de sus progenitores nacido en España
  • Que el solicitante sea menor de edad. O sea, es para los hijos menores de 18 años de ciudadanos españoles. Importante: esta solicitud siempre debe hacerse antes de que el hijo/hija cumpla la mayoría de edad.

Volvamos al mensaje del Consulado de España.

Si mi trámite de nacionalidad fue denegado y no estoy de acuerdo. ¿Qué puedo hacer?”, preguntan para aclarar el procedimiento a los interesados.

En este caso, la persona que solicitó la nacionalidad y le fue denegada, necesita “presentar un Recurso de Apelación debidamente firmado en la ventanilla de asuntos generales de este Consulado General o remitirlo escaneado al correo electrónico cog.lahabana.rgc@maec.es”.

El Consulado informa además que para conocer el estado en que se encuentra el Recurso de Apelación, deberá esperar a ser notificado.

“Los recursos se tramitan por su orden de incoación hacia la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) del Ministerio de Justicia de España. Una vez que ese órgano dicte Resolución, le será debidamente notificada”, concluyeron.

30 comentarios en «Consulado en Cuba informa: ¿qué debo hacer si me denegaron el trámite de nacionalidad española?»

  1. Por favor necesito saber donde puedo buscar información para saber el estado de Apelación que presente en Enero del 2021 ante la Denegatoria que recibí en Diciembre del 2020 cuya Apelación entregué en Febrero del 2021 y aún no tengo respuesta el número de mi expediente es 071111-668312 por favor necesito una respuesta o saber donde me puedo dirigir

  2. Presenté mi expediente de solicitud de ciudadanía con todo correcto. En 2015 se me notificó denegación y la planilla con los documentos que debía aportar. También cumplí con esa exigencia y lo deposite personalmente en ventanillo del Consulado de España en la Habana.Nunca más me notificaron nada y la página de mi expediente siguió congelada en el sitio web con la misma denegación. Merezco una segunda respuesta sobre los documentos que entregué hace 6 años.

    • Estoy en s mismo caso, me paso exactamente igual q a usted, si su caso ha tenido alguna respuesta me haría falta si pudiera me aclarara esas dudas. Sería muy importante para mi. Muchas gracias

  3. Quisiera saber como debo proceder si ya presente el recurso y me lo aprobaron, que debo hacer ahora, y a dónde me debo dirigir? Muchas gracias

  4. quisiera que me orientarán dónde debo hacer recurso de apelación ya q me de negaron entregue todos los documentos solicitados en los requerimientos en el mes de julio 2021 al consultar estado del expediente la respuesta fue denegada hice la solicitud de la notificación para establecer recurso de apelación y no me a llegado notificación de la causa denegación fui a la logia del comercio y me informan q debo esperar la notificación mi pregunta cuantos años mas debo esperar mi expediente se inició el 26.11.10 cuantos años transcurridos y falta de información en la atención a la población fuimos a la embajada a la ventanilla de asuntos generales y la respuesta fue esperar notificación para interponer recurso de apelación

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