Negocios privados que venden en pesos cubanos podrán aceptar dólares o euros, pero deberán convertirlos según la tasa oficial

Uno de los momentos más comentados de la reciente Mesa Redonda sobre el nuevo sistema de gestión de divisas fue el ejemplo utilizado por el ministro de Economía y Planificación, Joaquín Alonso Vázquez, para explicar cómo funcionarán los pagos en dólares o euros en negocios privados que solo están autorizados a vender en pesos cubanos (CUP).

El ministro situó la escena en un restaurante, un negocio privado típico que fija sus precios en moneda nacional. “Vamos a poner un restaurante. El restaurante, como dicen las normas, todas las transacciones a lo interno de la economía son en peso, por lo tanto, tiene expresados sus precios en peso y dice que una cerveza es 120 o 200 pesos. Vamos a poner 120 pesos”, dijo.

En ese contexto, Alonso presentó la situación de un visitante extranjero que llega al establecimiento sin CUP. Según explicó, ese cliente tendría dos alternativas. La primera es la más directa: “Va al mercado cambiario y vende sus dólares y viene con los pesos y paga”. La segunda, que el ministro presentó como una especie de atajo, consiste en que el propio negocio reciba la divisa del cliente: “O lo hacemos más rápido, decimos ese actor económico que reciba el dólar a la tasa de cambio que tiene fijado el Banco Central de Cuba y recibe ese dólar en su caja”.

Pero esta “solución rápida” no significa que el negocio pueda guardar esos dólares o destinarlos libremente. Alonso fue categórico: “Ese actor no está dentro de la dolarización parcial de la economía, por lo tanto, no tiene cuenta en divisa. Por lo tanto, no tiene cuenta en divisa”. De esta forma, el dueño del restaurante estaría obligado a llevar ese dólar al banco, donde se le acreditará en pesos cubanos “a la tasa de cambio del segmento donde opera ese actor de la economía”.

Gobierno aclara: negocios que venden en CUP pueden recibir divisas, pero están obligados a cambiarlas en el banco

En la práctica, el mecanismo legal puede resultar más engorroso de lo que parece: el negocio puede recibir la divisa, pero debe convertirla formalmente en el banco, y esa conversión se realiza según la tasa oficial, no según la tasa del mercado informal. Y el ministro no evitó referirse al tema: “Hoy, en las condiciones de hoy, el actor económico podría decir: ‘No, pero a 120 si el mercado ilegal de divisa está a otra tasa’. Bueno, ya sabemos que esa tasa es ficticia, que eso es mentira y que nos han ido conduciendo… hacia una ilegalidad, hacia un incremento de los precios y todas esas cosas se atacan con estas normas”.

O sea, aunque un negocio privado que vende en pesos cubanos puede aceptar dólares o euros como forma de pago, está obligado a cambiarlos legalmente en el banco según la tasa oficial. El Gobierno insiste en que esto busca ordenar la circulación de divisas y frenar las distorsiones asociadas al mercado informal, aunque para muchos emprendedores el proceso legal sea menos práctico que simplemente cobrar en CUP o que el cliente cambie su dinero antes de consumir.

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