Servicios del Ministerio de Salud Pública de Cuba

El Sistema Nacional de Salud ofrece una cobertura total en la Promoción de la Salud, la Prevención de Enfermedades y la Recuperación de la Salud perdida de la Población Cubana. Está diseñado para resolver institucionalmente los trámites que genera en la prestación del servicio.

TRÁMITES NO INSTITUCIONALES

Adquisición de medicamentos no controlados por “Tarjeta Control”.

■ Todos los medicamentos se dispensarán por receta médica excepto el Ácido Acetil Salicílico (Aspirina) 500 mg tabletas, Polivit tabletas, Iodopovidona 10% frasco x 30 ml, Thiomersal frasco x 30 ml y los anticonceptivos orales, así como los fitofármacos (sustancias extraídas directamente de las plantas) y apifármacos (sustancias producidas por las abejas).

■ Las recetas serán válidas por 30 días hábiles después de su emisión facultativa en cualquier institución del sistema de salud de su provincia. En el caso de los medicamentos clasificados como ANTINFECCIOSOS, las recetas prescritas tendrán una vigencia de 7 días según Resolución 194/2010 del MINSAP.

■ Se venderán las cantidades de medicamentos indicados, según posología descrita en el método, para cumplir todo el tratamiento (excepto los que están sujetos a regulaciones de la prescripción definidos en la instrucción 11/2011).

Adquisición de medicamentos a través de “Tarjeta Control”.

■ El médico de asistencia emitirá un certificado donde se haga constar el diagnóstico y medicamento indicado con dosificación y posología. En un mismo certificado podrá prescribir más de un medicamento, aclarando siempre, en cada uno de ellos, dosificación, posología y duración del tratamiento, éste no será nunca mayor de un año.

■ El certificado que se emita por un médico del Área de Salud NO NECESITA ser registrado en el policlínico y se lleva a la farmacia más cercana al lugar de residencia, sin otro trámite. La farmacia emitirá la “Tarjeta de Adquisición de Medicamentos Controlados”.

■ El certificado que se emite por un médico del hospital, tiene que ser registrado y acuñarlo en la institución y se lleva a la farmacia más cercana al lugar de residencia, sin otro trámite. La farmacia emitirá la “Tarjeta de Adquisición de Medicamentos Controlados”.

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■ A partir de la confección de la tarjeta, el paciente solo podrá adquirir el medicamento en la farmacia donde está inscripto y de acuerdo a la posología indicada.

■ Un paciente al trasladarse de su lugar de residencia habitual podrá adquirir, previa presentación de la tarjeta y el carné de identidad en el lugar donde se encuentre, las dosis que requiera durante este tiempo. ■ Excepcionalmente, cuando un paciente se encuentre fuera de su lugar de residencia habitual y no haya llevado consigo la tarjeta podrá personarse en el Policlínico del Área de Salud donde está residiendo transitoriamente a fin de que se le extienda un certificado médico, autorizando la adquisición del producto para cubrir las necesidades del período de tiempo que va a estar en dicha localidad.

■ Al extraviársele la tarjeta al paciente, el mismo acudirá a la farmacia donde está inscrito, para que le emitan un duplicado.

■ El paciente inscrito que en un período de tres meses consecutivos, no haya adquirido el medicamento por causas imputables a su responsabilidad, se dará baja del listado debiendo presentar un nuevo certificado médico para su reinscripción.

 

Para el ingreso a las Carreras Universitarias de las Ciencias Médicas.

■ Para obtener información sobre el ingreso a las carreras de las Ciencias Médicas, deberán dirigirse a: Departamento de Ingreso de los Universidades de Ciencias Médicas o las Facultades de Ciencias Médicas de los territorios, donde se estudie la carrera de su interés.

 

Para la matrícula debe presentar:

■ Boleta de otorgamiento de carrera.

■ Carné de identidad.

■ Fotocopia del título de Bachiller y su original para autenticar o Fotocopia de la Certificación de notas legalizada por el MINED y su original para autenticar.

■ Chequeo médico o carné de salud actualizado.

■ Evaluación del cumplimiento del SMG en los varones. (Para las fuentes de ingreso que lo requieran).

■ 3 fotos (1 x 1 pulgada).

Para la matrícula de los Cursos para Trabajadores (Obreros y Técnicos).

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■ Carné de identidad.

■ Fotocopia del título de Técnico Medio y su original para Autenticar o Fotocopia de la Certificación de notas del Técnico y su original para Autenticar.

■ Fotocopia de la Certificación de Notas de Nivel Medio Superior y su original para autenticar.

■ Avales del centro de trabajo firmado por la administración y organizaciones políticas y de masas.

■ Documentos de la administración de su centro laboral en el que se autorice la matrícula y se le otorguen las facilidades para estudiar.

■ Certificación de salario dado por recursos humanos (para los obreros).

■ Chequeo médico o carné de salud actualizado.

■ Documento de actualización de la defensa.

■ 3 fotos (1 x 1 pulgada).

Examen Médico para Licencia de Conducción.

■ Se habilita un policlínico en cada municipio.

■ El examen se realizará en el policlínico del municipio de residencia. Para realizarse el examen debe presentar:

Resumen de Historia Clínica del Médico de Familia, Carné de identidad y 1 foto (1 x 1 pulgada). De no ser necesario otros estudios, el certificado será emitido en el acto. La información de cual es el policlínico donde se realiza el examen, se puede obtener: por teléfono, en el consultorio, en el policlínico a que pertenece el interesado o en las Oficinas de Atención a la Población de la Dirección Municipal de Salud del territorio.

TRÁMITES QUE DEBEN REALIZAR LOS CIUDADANOS PARA OBTENER LA LICENCIA SANITARIA

Realizar su solicitud oficial al Centro Municipal de Higiene y Epidemiología del Municipio.

La misma tiene que incluir: Nombre y Apellidos del solicitante, Carné de identidad, dirección completa, razones por la que se realiza la solicitud. Las actividades autorizadas para el ejercicio del trabajo por cuenta propia que requieren licencia sanitaria son las siguientes: a) Elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicio gastronómico (Paladares), b) Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas a domicilio, c) Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en su domicilio o de forma ambulatoria, d) Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en punto fijo de venta (Cafetería), e) Elaborador vendedor de vinos, f) Asistente infantil para el cuidado de niños.

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La Licencia Sanitaria, para el ejercicio de las actividades por cuenta propia que se relacionan en el apartado anterior, se solicita por los interesados, en los centros y unidades municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología, del municipio donde pretende ejercer y se otorgará después de haberse efectuado la inspección sanitaria a los lugares de trabajo y de manipulación, elaboración y expendio de alimentos.

Es requisito indispensable para el otorgamiento de la Licencia Sanitaria, poseer certificación médica que avale el estado de salud física y mental de la persona que aspira a trabajar en alguna de las modalidades mencionadas arriba.

La respuesta a la solicitud de Licencia Sanitaria se recoge por el interesado, en los centros y unidades municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología, donde fue solicitado el trámite, en el término de siete días hábiles contados a partir de la solicitud.

Existen oficinas para la atención a la población en todas direcciones provinciales y municipales de salud y en las principales unidades asistenciales del país, las que funcionan todos los días laborables.

 

HORARIOS DE ATENCIÓN

LUNES A VIERNES Y SÁBADO LABORABLE de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

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