Ley de Ajuste Cubano: 447 negativas frente a 139 residencias aprobadas

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Las decisiones sobre residencias por la Ley de Ajuste Cubano cambiaron de proporción entre abril y junio de 2026: hubo 447 negativas y solo 139 aprobaciones.

Menos aprobaciones y menos expedientes resueltos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) decidió 586 solicitudes del Formulario I-485 bajo la categoría cubana durante esos tres meses. Las aprobaciones representaron el 23,7 % de las decisiones y las denegaciones, el 76,3 %.

La diferencia con el mismo trimestre de años anteriores es amplia. En 2025, USCIS aprobó 10.432 solicitudes y negó 757. En 2024, registró 49.965 aprobaciones y 662 negativas.

El número de denegaciones de 2026 fue menor que el de ambos años. La caída más pronunciada ocurrió en las aprobaciones y en el total de casos decididos: 586 frente a 50.627 entre abril y junio de 2024.

La comparación con el trimestre inmediatamente anterior muestra otro cambio. Entre enero y marzo de 2026, USCIS aprobó 50 solicitudes y negó 45; el 52,6 % de las decisiones resultó favorable.

Más de 342.000 solicitudes seguían pendientes

Al cierre de junio de 2026, la categoría de ajuste cubano acumulaba 342.360 expedientes pendientes. En junio de 2024 había aproximadamente 146.000.

También disminuyó la entrada de nuevas solicitudes. USCIS recibió 6.279 entre abril y junio de 2026, frente a más de 72.000 durante el mismo trimestre de 2025. Pese a esa reducción, el volumen pendiente continuó siendo elevado.

Para el trimestre analizado, el tiempo mediano de procesamiento reportado fue de unos 16,3 meses. Esa medida describe los casos incluidos en el cálculo: no fija cuánto tardará en resolverse una solicitud presentada ahora.

El 23,7 % de aprobaciones tampoco representa la posibilidad de éxito de cualquier solicitante. Refleja únicamente el resultado de los expedientes que USCIS decidió entre abril y junio, no el de todos los casos en espera.

¿Qué deben revisar quienes solicitaron la residencia?

La Ley de Ajuste Cubano continúa vigente para quienes cumplen sus requisitos. Entre ellos figuran al menos un año de presencia física en Estados Unidos y haber sido inspeccionado y admitido, o haber recibido parole.

Una orden I-220A no equivale automáticamente al parole exigido para acogerse a esta vía. Tampoco tener una solicitud de asilo pendiente acredita por sí solo todos los requisitos del ajuste. Las circunstancias de cada expediente requieren una evaluación individual.

Quienes ya presentaron el Formulario I-485 deben mantener actualizados sus datos de contacto para recibir las comunicaciones de USCIS. También pueden consultar el estado de su caso en el sistema de seguimiento de la agencia con su número de recibo.


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