La nueva regulación económica publicada en Cuba introduce una vía de pago que puede cambiar la relación entre clientes y negocios privados. La medida aparece dentro de las nuevas bases para gestionar las divisas en la economía nacional.
La Resolución 103/2026 del Ministerio de Economía y Planificación establece que los actores económicos no estatales pueden aceptar pagos en divisas en efectivo cuando el cliente decida utilizarlas.
¿Qué cambia para los negocios privados?
El artículo 20 de la norma indica que los actores económicos no estatales pueden recibir pagos en divisas en efectivo por decisión del cliente.
El dinero recibido deberá depositarse en las cuentas fiscales del negocio. El titular podrá acreditarlo en una cuenta en divisas o convertirlo a moneda nacional.
Si se deposita en pesos cubanos, se aplicará el tipo de cambio vigente en el segmento donde opere el actor económico.
La disposición forma parte de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, edición ordinaria número 76, publicada el 10 de septiembre de 2026.
El comercio minorista seguirá teniendo otra regla
La posibilidad de aceptar efectivo en moneda extranjera no significa que todos los comercios privados puedan fijar libremente sus precios en dólares.
La propia Resolución 103 mantiene como principio que las actividades de comercio minorista se realizan en moneda nacional.
El Ministerio de Economía y Planificación podrá autorizar ventas minoristas en divisas cuando exista un interés específico del país.
La diferencia está en la forma de pago. Un negocio puede mantener su operación minorista en pesos y, al mismo tiempo, recibir divisas en efectivo cuando el cliente elija esa opción.
Una modificación frente a las reglas anteriores
La Resolución 103 deroga la Resolución 140 de diciembre de 2025, que regulaba anteriormente este sistema.
La norma anterior vinculaba el ingreso en divisas del comercio minorista a una autorización del Ministerio de Economía y Planificación para comercializar en esa moneda.
El nuevo texto elimina esa condición dentro del artículo dedicado al pago en efectivo de los clientes. Sin embargo, mantiene separada la autorización para vender directamente en divisas.
Esto amplía las posibilidades de captación de moneda extranjera dentro del sector no estatal, sin convertir automáticamente todos los precios a dólares.
¿Qué deberán hacer con el efectivo recibido?
Los negocios no podrán tratar ese dinero como un ingreso fuera del sistema bancario.
La norma exige que los fondos se depositen en las cuentas fiscales correspondientes. El actor económico podrá conservarlos en divisas o recibir su equivalente en pesos cubanos.
La Resolución 103 entró en vigor desde su publicación en la Gaceta Oficial.
















