Consulado de Panamá publica nuevos resultados de visas para cubanos: turismo y tránsito

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El Consulado de Panamá en Cuba difundió nuevos resultados de solicitudes de visas de turismo y tránsito. Los listados corresponden al 5 de septiembre de 2026 e incluyen tanto expedientes aprobados como negados.

En el caso de las visas de turismo aparecen 147 registros distribuidos en cinco páginas. De ellos, 111 figuran como aprobados y 36 como negados.

También se publicó un listado independiente para las visas de tránsito. En este aparecen 17 solicitudes, con 16 aprobaciones y una negativa.

¿Qué deben hacer quienes tienen la visa de turismo aprobada?

Las personas cuyo código aparece con el estado “APROBADA” deben acudir al Consulado de Panamá en Cuba para realizar el estampado de la visa.

Según las instrucciones publicadas, deben presentarse de lunes a viernes a las 8:30 a. m. Es necesario llevar el pasaporte y el recibo de pago correspondiente.

Para las visas de turismo existe un plazo de tres meses para realizar el estampado. Ese período comienza a contar desde la fecha de aprobación.

El Consulado también precisa que, para recoger posteriormente el pasaporte, será obligatorio presentar el carnet de identidad.

Quienes solicitaron una visa de turismo y no encuentran su código en estas cinco páginas deberán esperar nuevas publicaciones. La ausencia del código no significa, por sí sola, que la solicitud haya sido rechazada.

En cambio, la institución aclara que los expedientes identificados como “NEGADA” ya concluyeron su trámite.

Resultados de las visas de tránsito

El nuevo listado de tránsito contiene 17 códigos. Solo uno aparece como negado, mientras los otros 16 recibieron aprobación.

Las personas aprobadas también deben acudir al Consulado de lunes a viernes a las 8:30 a. m. Deben llevar su pasaporte y el recibo de pago para realizar el estampado.

Para recoger el pasaporte será necesario presentar el carnet de identidad.

Quienes solicitaron una visa de tránsito y todavía no aparecen en la relación deberán esperar futuras publicaciones del Consulado.

¿Cómo comprobar el resultado de la solicitud?

Los solicitantes deben localizar el código asignado a su expediente y comprobar el estado que aparece junto a este.

Los resultados se publican mediante códigos y no mediante nombres completos. Esta fórmula permite que cada solicitante revise su trámite sin que se expongan públicamente sus datos personales.

En los documentos divulgados aparecen dos posibles estados: “APROBADA” y “NEGADA”. En el primer caso, corresponde continuar con el proceso de estampado. En el segundo, el Consulado considera finalizado el trámite.

Los listados fueron difundidos por la página oficial “Visas – Consulado de Panamá en Cuba”, vinculada al Servicio Nacional de Migración y al Ministerio de Seguridad Pública de Panamá.


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