El comodato de vivienda en Cuba permite acordar que otra persona use una casa de forma gratuita y temporal, sin convertirse en su propietaria.
Para quienes salen del país y dejan una vivienda cerrada, esta figura puede servir para establecer quién la ocupará y bajo qué condiciones. También permite dejar por escrito cuándo deberá devolverla.
El comodato aparece regulado en los artículos 379 al 381 del Código Civil cubano, según la información facilitada. Su rasgo esencial es el préstamo gratuito de un bien para su uso, con la obligación de restituirlo. Por eso no debe confundirse con un alquiler.
Qué conviene dejar claro en el contrato
El propietario, llamado comodante, conserva la titularidad de la vivienda. La persona que la recibe, el comodatario, puede ocuparla durante el tiempo y para el uso pactados, pero ese acuerdo no le transfiere la propiedad.
Si el propósito es que alguien cuide la casa, conviene precisar el plazo, el uso habitacional y las condiciones de devolución. También resulta útil identificar quién pagará la electricidad, el agua, el gas y las tareas ordinarias de mantenimiento.
Las reparaciones mayores merecen una cláusula específica. Una filtración de techo o una rotura de la tubería principal no equivale a una tarea cotidiana de limpieza. Dejar establecido cómo se atenderán esos gastos puede evitar desacuerdos entre las partes.
El comodato de vivienda en Cuba ofrece una constancia del permiso de uso concedido por el dueño. Si surge una disputa sobre quién puede ocupar el inmueble, el contrato puede ayudar a acreditar ese acuerdo. No garantiza, por sí solo, un desalojo inmediato ni resuelve automáticamente cualquier controversia.
El comodato no autoriza a cobrar alquiler
Quien recibe la vivienda bajo esta figura no debe tratarla como un negocio de arrendamiento. El préstamo se pacta sin renta y para el uso convenido, no para cobrar a terceros por habitaciones o por toda la casa.
Si el dueño busca ingresos mediante un alquiler, necesita acudir a los trámites correspondientes a esa actividad. No debe presentar como comodato un acuerdo que, en la práctica, exige pagos por ocupar el inmueble. Antes de hacerlo, conviene comprobar los requisitos aplicables y las obligaciones tributarias ante las autoridades competentes y la ONAT.
Mantener la vivienda ocupada conforme a un acuerdo puede facilitar su cuidado y dejar constancia de quién tiene autorización para estar allí. Sin embargo, firmar un comodato no elimina por sí mismo riesgos relacionados con el estado constructivo ni garantiza protección frente a cualquier decisión administrativa sobre la vivienda.
Cómo organizarlo si el propietario está fuera de Cuba
Quien reside en el exterior puede valorar un poder especial para que una persona lo represente en Cuba al realizar el trámite. Según la información facilitada, ese poder puede gestionarse mediante los servicios del consulado cubano correspondiente al país donde se encuentre.
Antes de otorgarlo, el propietario debe definir qué gestiones autoriza a su representante y qué condiciones desea incluir en el comodato. La persona que ocupará la casa también debe conocer el plazo, los gastos que asumirá y su obligación de devolver el inmueble al finalizar el acuerdo.
Los artículos citados para esta figura en el Código Civil cubano son el 379, el 380 y el 381. Allí encontrará la información más ampliada.

















