El bombo: ¿Cubanos podrán aplicar a la Lotería de Visas DV-2027?

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Una orden judicial fija plazos para abrir la Lotería de Visas DV-2027, pero todavía no determina si las personas nacidas en Cuba podrán inscribirse.

La respuesta dependerá de las instrucciones que publique el Departamento de Estado de Estados Unidos. Cuba quedó excluida de DV-2026, aunque esa decisión no establece por sí sola las reglas de la próxima convocatoria.

La inscripción tiene un plazo judicial

La jueza federal Jinsook Ohta ordenó el 14 de octubre de 2026 reactivar el proceso de DV-2027. Según el calendario modificado ese mismo día, el Departamento de Estado debe anunciar las condiciones y fechas antes del 29 de octubre.

La orden dispone que la inscripción comience a más tardar el 1 de noviembre y permanezca abierta durante 30 días. Son plazos impuestos al Gobierno estadounidense, no una señal de que el formulario ya esté disponible. Al 19 de octubre, el portal oficial del sorteo aún no aceptaba solicitudes para DV-2027.

El pasaporte cubano no decide la elegibilidad

En la Lotería de Visas DV-2027, los aspirantes deberán comprobar qué países aparecen en la lista de elegibles. Como regla general, cuenta el lugar de nacimiento, no la ciudadanía ni el país donde vive la persona.

El programa excluye a los países que superan el límite migratorio establecido para el período de cinco años usado en el cálculo. Cuba quedó fuera de DV-2026 porque más de 50.000 personas nacidas en la isla emigraron a Estados Unidos durante ese período, según el Departamento de Estado.

En aquella edición, algunos participantes vinculados a Cuba aparecieron por error como seleccionados. El Departamento de Estado aclaró después que quienes habían declarado a Cuba como país de elegibilidad no podían beneficiarse de esa selección. Por eso, aparecer como ganador no sustituye la comprobación de los requisitos.

Las excepciones por cónyuge o padres

Un ciudadano cubano nacido en un país admitido podría cumplir el requisito geográfico, aunque conserve su pasaporte cubano. También puede existir una vía para quien nació en un país excluido y está casado con alguien nacido en uno elegible.

En ese segundo caso, las instrucciones de DV-2026 permitían reclamar el país de nacimiento del cónyuge bajo condiciones específicas. Ambos debían reunir los requisitos correspondientes, recibir sus visas y entrar juntos a Estados Unidos.

Otra excepción contemplaba el país de nacimiento de uno de los padres. Podía aplicarse si ninguno de ellos nació ni residía en el país donde nació el solicitante al momento de su nacimiento. Tener familiares en un país elegible, por sí solo, no basta para acogerse a esa regla.

Estas posibilidades deben contrastarse con las instrucciones de DV-2027 cuando se publiquen. El solicitante principal también debe cumplir el requisito de educación secundaria o acreditar la experiencia laboral calificada que exige el programa.


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