Emigración
Así puedes perder la residencia permanente en Estados Unidos

Sí, ¡es posible! Los casos no resultan frecuentes, pero hay ejemplos suficientes. Luego de adquirirla, puedes perder la residencia permanente en Estados Unidos.
¿Por qué? Existen 4 formas de perder los derechos y beneficios del estatus de residente permanente en el país. Entre ellos, el permiso para vivir y laboral en cualquier punto de la geografía estadounidense.
Las personas suelen perder más su “green card” por fraude migratorio y por cometer delitos. Pero también pueden perderla por abandono, o por declaración. La inmensa mayoría de las personas desconoce esta última opción. ¡Qué peligro! Pues pueden caer en tal situación por puro desconocimiento.
En cualquier caso, lo más importante es contactar un abogado de inmigración para que te asista en el proceso legal.
Perder la “green card” por propia declaración
Para evitar caer en este caso, debes saber que únicamente un juez de inmigración tiene el poder legal de revocar tu residencia permanente.
Por ello, ningún oficial de migraciones puede obligarte a firmar el Formulario I-407, al regresar a Estados Unidos de un viaje al exterior.
Si te vieras alguna vez en este caso, ¡no firmes! El Formulario I-407 constituye una renuncia voluntaria al estatus de residente permanente.
Si firmas, así sea por error o desconocimiento, perderás automáticamente tu estatus migratorio legal en Estados Unidos. No podrás entrar al país en el futuro.
Fraude migratorio
En este caso, no solo perderás la residencia permanente. También enfrentarás un proceso de remoción (o rescisión), y/o deportación.
La rescisión la determina el Servicio de Aduana e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Dicha entidad puede decidir que tú incumplías los requisitos para la residencia permanente al solicitar tu ajuste de estatus. Ello, en el marco de los cinco años siguientes a la obtención de tu “green card”.
Básicamente, un fraude migratorio resulta cualquier mentira declarada al llenar un formulario, o en una entrevista con un oficial de migración. Y también, cualquier omisión intencional y premeditada de información.
Ejemplos comunes: omitir antecedentes penales, suplantar la identidad de otra persona para solicitar ayuda del gobierno u otros servicios, contraer matrimonio solo para obtener la residencia permanente.
Delitos que provocan pérdida de la “green card”
Primero, los “delitos de conducta inmoral”, constituyen actos contra la sociedad. Por ejemplo: perjurio, evasión de impuestos, destrucción de propiedad (pública o privada), extorsión, fraude mediante representaciones falsas, etc.
El impacto de estos delitos en tu estatus migratorio legal depende de la interpretación del oficial migratorio o juez de inmigración a cargo del caso.
Segundo, los delitos con agravantes (aggravated felonies), constituyen acciones delictivas definidas por las leyes de Estados Unidos. Ejemplo: robo, fraude, asesinato, abuso infantil o de ancianos, y otros. Algunos califican como ordinarios, algunos como graves.
¿Cómo podría impactar ser condenado por alguno de estos delitos en tu estatus migratorio legal? Las consecuencias van desde perder la residencia permanente, enfrentar un proceso de remoción o deportación, hasta sufrir un veto de por vida para regresar a Estados Unidos.
Pérdida de residencia permanente por abandono
Ocurre cuando el residente permanente excede los 180 días de estancia fuera de territorio estadounidense.
Si fuera el caso, pero el inmigrante regresa antes de un año, procede “una presunción rebatible de abandono de la residencia permanente”. ¿Cómo solucionar el problema? Puedes presentar pruebas de los motivos (muy justificados) de tu ausencia excesiva, así como de tus intenciones de regresar al país.
Si el residente permanente permanece más de un año fuera de Estados Unidos, para regresar primero necesita un permiso de entrada (advance parole). Sin ese permiso, o si no existe ningún intento de regreso, pierde la residencia permanente en el país.
De perder la “green card” por abandono, puedes iniciar el trámite para obtener de nuevo la residencia permanente. Pero desde fuera de los Estados Unidos.

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