Estados Unidos bloqueará cuentas de cubanos desde mañana 30 de septiembre

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Los bancos bajo jurisdicción de Estados Unidos deberán bloquear desde el 30 de septiembre de 2026 las cuentas de emprendedores cubanos amparadas por una autorización que será retirada.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) anunció el cambio el 29 de septiembre. La norma está prevista para entrar en vigor al publicarse al día siguiente en el Registro Federal.

La autorización que desaparece figura en la sección 515.584(h)(2) de las regulaciones sobre Cuba. Permitía a bancos estadounidenses abrir y mantener cuentas exclusivamente a nombre de ciudadanos cubanos clasificados como emprendedores independientes del sector privado. Esas cuentas podían utilizarse para determinadas transacciones autorizadas o exentas de las sanciones.

¿Qué pasará con los fondos depositados?

Las cuentas de emprendedores cubanos mantenidas únicamente bajo ese permiso deberán quedar bloqueadas, salvo que exista otra autorización aplicable. Los bancos también deberán reportar a OFAC los fondos afectados. Para desbloquearlos, necesitarán una licencia específica de la agencia.

El bloqueo afecta tanto al uso de la cuenta como al acceso al dinero depositado en ella. Por eso, la situación de cada titular dependerá de la autorización bajo la cual el banco mantiene su cuenta. La retirada del permiso para emprendedores no equivale a una prohibición de todas las cuentas de ciudadanos cubanos.

La posibilidad que ahora se elimina había sido ampliada en mayo de 2024. Un titular podía acceder de forma remota a su cuenta desde Cuba, Estados Unidos o un tercer país. También podía efectuar transferencias, incluso hacia Cuba, si la operación correspondiente estaba autorizada o exenta.

La cuenta que todavía podrá mantenerse

OFAC conserva una autorización más limitada para cuentas a nombre de ciudadanos cubanos ubicados en la isla. Su finalidad es recibir en Estados Unidos pagos por transacciones autorizadas o exentas y remitir luego esos fondos a Cuba.

La diferencia para el sector privado está en el uso permitido. La autorización retirada facilitaba determinadas operaciones comerciales de emprendedores independientes; la que permanece se limita a recibir esos pagos y enviarlos a la isla.

La categoría de emprendedor independiente responde a los requisitos de las regulaciones estadounidenses. Incluye a determinadas personas y pequeños negocios privados, pero no convierte automáticamente a cualquier cuenta de un cubano en una cuenta sujeta al nuevo bloqueo.

Cambios para transferencias relacionadas con Cuba

La misma reforma retira el permiso para que bancos estadounidenses procesen las llamadas transferencias U-Turn. Son operaciones en las que Cuba o un ciudadano cubano tienen interés, aunque el dinero sale de un país extranjero y llega a otro. Ni el remitente ni el beneficiario están sujetos a jurisdicción estadounidense. Los bancos podrán rechazar esas transferencias.

OFAC amplía además la prohibición de determinadas transacciones financieras con entidades de la Lista Restringida de Cuba. La restricción abarcará también operaciones indirectas: aquellas en las que una persona sujeta a jurisdicción estadounidense participa en la transferencia sin ser quien envía o recibe finalmente los fondos.


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