La Aduana de Cuba aclara que el nuevo Decreto-Ley de Aduanas no modifica las reglas de importación para viajeros. Esto es lo que realmente sigue vigente.
Aduana de Cuba reitera que no cambian las reglas de importación para viajeros
La Aduana General de la República de Cuba reiteró este 9 de marzo que el nuevo Decreto-Ley 108 “De Aduanas” no modifica las regulaciones vigentes sobre la importación no comercial que realizan los viajeros al entrar al país.
La aclaración llegó a través de un mensaje publicado en la página oficial de Facebook de la institución, donde se precisa que la nueva legislación y sus normas complementarias no sustituyen las reglas actuales aplicables al equipaje y a las mercancías que introducen las personas naturales durante su tránsito por los puntos de frontera.
“El Decreto-Ley ‘De Aduanas’ y sus normas complementarias no modifican ni sustituyen las normativas vigentes para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales, correspondiente al tránsito de viajeros por nuestros puntos de frontera”, indicó la Aduana en su comunicación pública.
La entidad también remitió a la nota de prensa oficial y a la Gaceta Oficial donde aparecen las disposiciones que entraron en vigor el 21 de enero de 2026, fecha en la que comenzó a aplicarse el nuevo marco jurídico.
Según la publicación oficial, el objetivo principal de la norma consiste en actualizar la legislación aduanera del país y regular la organización, funcionamiento y control de las operaciones vinculadas al tráfico internacional de mercancías y viajeros.
El Decreto-Ley 108 establece que la Aduana dirige y controla el tráfico internacional de mercancías, los viajeros y los medios de transporte que los trasladan, además de aplicar las regulaciones sobre importación y exportación dentro del territorio aduanero cubano.
Qué regula realmente la nueva ley de Aduanas en Cuba
El nuevo decreto publicado en la Gaceta Oficial fija el marco general del funcionamiento del sistema aduanero y las responsabilidades de la institución encargada del control en frontera.
La norma establece que la Aduana actúa como órgano de control estatal subordinado al Consejo de Ministros, con la misión de dirigir y aplicar la política del Estado en materia aduanera y garantizar el control de las operaciones de importación y exportación.
También define que el control aduanero se ejerce antes, durante y después del desaduanamiento de las mercancías, incluyendo el equipaje de los viajeros y los medios de transporte internacionales.
Entre sus funciones aparecen:
- Controlar el tráfico internacional de mercancías y viajeros.
- Ejecutar inspecciones y verificaciones sobre equipajes, cargas y documentos.
- Prevenir y detectar infracciones aduaneras o delitos vinculados al comercio exterior.
- Gestionar el cobro del impuesto aduanero y otros ingresos relacionados con el servicio.
La legislación también define que las importaciones pueden ser comerciales o no comerciales, y que corresponde a la autoridad aduanera determinar el carácter de cada operación durante el proceso de control.
Este punto resulta clave para los viajeros, ya que la calificación de una importación como comercial puede implicar restricciones o la aplicación de otras regulaciones.
En los últimos meses, el tema ha generado numerosas dudas entre cubanos dentro y fuera del país, especialmente entre quienes viajan con frecuencia y transportan artículos para familiares o para su venta informal en la isla. La aclaración de la Aduana busca precisamente evitar interpretaciones erróneas sobre cambios en las normas de equipaje o en los límites de importación personal.
