Cuba aclara qué derechos conservarán los emigrados sobre propiedades, herencias y negocios

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Los cubanos residentes en el exterior conservarán los derechos patrimoniales reconocidos por la legislación nacional cuando entren en vigor las nuevas leyes migratorias, en noviembre de 2026.

Así lo aseguró el primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior, durante una entrevista publicada por Cubadebate.

“Conservan los derechos que les reconoce el ordenamiento jurídico cubano, incluidos los relacionados con su patrimonio, salvo las limitaciones que expresamente establezca la ley”, afirmó.

La nueva Ley de Migración elimina definitivamente el límite de 24 meses de permanencia fuera del país que se utilizaba para declarar emigrado a un ciudadano. De acuerdo con las autoridades, vivir durante un periodo prolongado en el extranjero no será motivo para perder una vivienda, un automóvil u otro bien.

¿Qué ocurre con las propiedades y herencias?

La aclaración no crea procedimientos nuevos para comprar, vender, donar o heredar una vivienda. Esos trámites continuarán sujetos al Código Civil, la Ley General de la Vivienda y las restantes normas aplicables.

Por tanto, residir fuera de Cuba no elimina automáticamente los derechos patrimoniales, pero tampoco concede vía libre para disponer de cualquier propiedad. En una herencia, por ejemplo, deberán cumplirse los plazos, el orden sucesorio y las reglas específicas correspondientes a cada bien.

Nueva condición para emigrados con negocios

La Gaceta Oficial No. 60 Extraordinaria creó además la condición migratoria de “Inversores y de Negocios”, que ya puede ser solicitada por cubanos con categoría de Residente en el Exterior o Emigrado.

La solicitud puede presentarse en un consulado cubano o, estando en Cuba, ante las oficinas de trámites del Ministerio del Interior. El interesado deberá entregar una petición fundamentada y un aval de la entidad cubana con la que mantenga relaciones comerciales o empresariales.

La Autoridad Migratoria dispone de 30 días hábiles para resolver el expediente y otros siete para notificarlo. El trámite cuesta 3500 pesos cubanos.

La condición se mantendrá mientras continúen las circunstancias que permitieron obtenerla. Además, el Decreto 150 establece que sus titulares se equipararán, en el ejercicio de sus derechos, a los residentes en Cuba mientras se encuentren en el país.

Este último punto corrige una imprecisión del texto anterior: la norma no dice que recibirán las mismas garantías de los inversionistas extranjeros, sino que serán equiparados a los ciudadanos cubanos residentes en el territorio nacional.

 


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