Seguro Social para divorciados: ¿cuándo dan derecho 10 años de matrimonio?

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El Seguro Social para divorciados puede permitir a una persona cobrar según el historial laboral de su expareja si el matrimonio duró al menos 10 años y cumple otros requisitos.

Los requisitos después del divorcio

La Administración del Seguro Social reconoce este posible beneficio a excónyuges de personas con derecho a pagos de jubilación o incapacidad. Para solicitarlo por jubilación, la persona divorciada debe tener al menos 62 años y, por regla general, no haberse vuelto a casar. Haber cumplido los 10 años de matrimonio, por sí solo, no garantiza el pago.

También cuenta la relación entre los beneficios: el pago basado en el historial de la expareja debe superar el que corresponde por el trabajo propio. No hace falta obtener autorización de quien fue cónyuge ni pedirle que entregue parte de su jubilación. El Seguro Social calcula el derecho de cada solicitante.

La expareja puede reunir los requisitos de jubilación sin haber comenzado a cobrar. En ese caso, la persona divorciada podría solicitar el beneficio si ambos tienen al menos 62 años y el divorcio ocurrió hace dos años consecutivos como mínimo. Un nuevo matrimonio de la expareja tampoco elimina este posible derecho ni reduce los pagos de su cónyuge actual.

¿Cuánto puede recibir un excónyuge?

El pago puede llegar al 50 % de la jubilación que correspondería a la expareja a su plena edad de retiro. Así, si esa jubilación fuera de 2.400 dólares mensuales, el beneficio para el excónyuge podría alcanzar 1.200 dólares. Es un ejemplo, no una cantidad garantizada para todos los solicitantes.

La edad al solicitarlo influye en el importe. Para quienes nacieron en 1960 o después, la plena edad de jubilación es de 67 años. Si una persona de ese grupo empieza a cobrar el beneficio como excónyuge a los 62, la cantidad puede reducirse al 32,5 % de la jubilación completa de su expareja.

Tener una jubilación propia no significa recibir dos pagos completos. El Seguro Social determina si corresponde un complemento. Por ejemplo, ante una jubilación propia de 800 dólares y un beneficio como excónyuge de 1.200 dólares, el complemento sería de 400 dólares. La suma mensual del ejemplo sería de 1.200 dólares.

Si la expareja falleció

La muerte de la expareja cambia las reglas aplicables: podría existir derecho a beneficios para sobrevivientes desde los 60 años. En determinados casos de incapacidad, la edad mínima puede ser de 50 años. Según la edad y las circunstancias del solicitante, ese beneficio puede alcanzar hasta el 100 % del pago de la persona fallecida.

¿Cómo presentar la solicitud?

El trámite puede iniciarse por los canales de solicitud de la Administración del Seguro Social, por teléfono o en una oficina. La agencia atiende en el 1-800-772-1213. Para preparar la solicitud, conviene reunir el acta de matrimonio, la sentencia definitiva de divorcio y los datos de la expareja.

No es necesario contactar a la expareja para solicitar el beneficio. Si no se conoce su número de Seguro Social, la agencia puede pedir otros datos para identificar su historial laboral.


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