Cuba permitirá entrar estos equipos tecnológicos sin autorización, según Gaceta Oficial

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Cuba flexibiliza la importación de varios equipos electrónicos personales. Según la nueva Gaceta Oficial, estos dispositivos ya no requerirán trámite técnico en Cuba. La nueva Gaceta Oficial Extraordinaria No. 66 de la República de Cuba introdujo cambios importantes para la importación de equipos tecnológicos al país. La Resolución 1/2026 del Ministerio de Comunicaciones actualiza las normas vigentes y amplía la lista de dispositivos que las personas naturales y jurídicas podrán importar sin necesidad de solicitar autorización técnica previa.

La medida sustituye regulaciones anteriores aprobadas en 2015 y redefine qué equipos pueden entrar al territorio nacional sin intervención previa del Ministerio de Comunicaciones, siempre que la importación sea sin carácter comercial.

Entre los dispositivos autorizados sin trámite técnico aparecen los teléfonos celulares convencionales, excepto aquellos que ofrecen comunicaciones satelitales. También se incluyen computadoras de escritorio, laptops, tabletas, monitores, accesorios y partes, además de impresoras, fax, copiadoras y escáneres.

La resolución incorpora igualmente módems alámbricos destinados a la interconexión con redes telefónicas fijas o móviles, discos duros, memorias y otros dispositivos de almacenamiento de datos. A esto se suman las fuentes de alimentación ininterrumpida conocidas como “backup”.

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Otro de los grupos beneficiados son determinados equipos inalámbricos de uso doméstico. La norma autoriza la entrada sin permiso técnico de teléfonos inalámbricos que operen en bandas de frecuencia específicas aprobadas por el Ministerio de Comunicaciones.

También podrán importarse sin autorización sistemas domésticos inalámbricos de audio y video, videoporteros, intercomunicadores, monitores para bebés y controles remotos para juegos que trabajen en bandas autorizadas.

La disposición además permite la entrada de micrófonos inalámbricos que empleen tecnología Bluetooth o funcionen dentro de determinadas frecuencias establecidas en la regulación. Se incluyen igualmente alarmas para vehículos, alarmas alámbricas contra intrusos y antenas convencionales para televisión terrestre.

En el caso de radios y televisores, la norma aclara que podrán entrar sin autorización los receptores domésticos de radiodifusión sonora y televisión tradicionales, aunque quedan excluidos los receptores satelitales.

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No obstante, la resolución establece que si algunos dispositivos inalámbricos no reflejan claramente su frecuencia de operación, podrán ser retenidos por la Aduana General de la República hasta que el propietario gestione la correspondiente autorización técnica.

El Ministerio de Comunicaciones señaló que estas nuevas disposiciones buscan actualizar el marco regulatorio sobre telecomunicaciones y tecnologías de la información en Cuba, en correspondencia con el Decreto-Ley 35 aprobado en 2021.



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