¿Eres propietario de un auto en Cuba? Cambian las reglas para venderlo, donarlo o heredarlo

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Los propietarios de vehículos en Cuba deberán ajustarse a nuevas reglas para vender, donar, permutar o transmitir un auto por herencia.

El Decreto 163/2026 reorganiza estos trámites y sustituye la normativa vigente desde finales de 2024. La reforma incorpora cambios en los pagos, los impuestos y la inscripción del nuevo propietario.

¿Quiénes podrán comprar o recibir un vehículo?

La norma amplía las categorías de personas autorizadas para intervenir en estas operaciones.

Podrán transmitir la propiedad las personas naturales cubanas y los extranjeros con residencia permanente, temporal, inmobiliaria, provisional o humanitaria en el país.

También podrán hacerlo determinadas personas jurídicas cubanas no estatales y entidades extranjeras autorizadas. Las empresas estatales continuarán sujetas a regulaciones específicas.

Las operaciones incluyen compraventas, donaciones, permutas y transmisiones por herencia.

El trámite deberá realizarse ante notario

La venta o donación de un vehículo deberá formalizarse ante notario público.

El propietario tendrá que presentar la certificación de inscripción en el Registro de Vehículos y el documento que acredite legalmente la propiedad.

En las compraventas, el comprador deberá declarar que el dinero utilizado tiene procedencia lícita. También informará cuántos vehículos posee.

Este requisito forma parte de los controles previstos para seguir el origen y el movimiento de los fondos empleados.

Se permitirán pagos en varias monedas, pero no en efectivo

Las transacciones podrán realizarse en pesos cubanos, dólares estadounidenses o su equivalente en otras monedas convertibles.

Sin embargo, la norma excluye el uso de efectivo. El pago deberá efectuarse mediante los instrumentos aprobados por el Banco Central de Cuba.

Cuando sea necesaria una conversión, se aplicará la tasa de cambio vigente al momento de la operación.

Nuevos valores para calcular los impuestos

La transmisión de un vehículo continuará sujeta al Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias.

Cuando corresponda, también deberá pagarse el Impuesto sobre los Ingresos Personales.

El Ministerio de Finanzas y Precios actualizó los valores referenciales mínimos utilizados para calcular estos tributos.

Un auto con hasta cinco años tendrá un valor mínimo de referencia de 2.040.000 pesos cubanos. Entre cinco y quince años, el valor será de 1.020.000 CUP.

Para un auto con más de quince años, la referencia mínima quedará en 510.000 CUP.

Las motocicletas y triciclos tendrán valores de 265.000, 132.500 o 66.250 pesos, según su antigüedad.

Cuando la operación se formalice en dólares u otra moneda convertible, los impuestos podrán pagarse en divisas o en pesos cubanos. El contribuyente podrá elegir la moneda.

Habrá 30 días para registrar el cambio

Después de concluir la compraventa, donación, permuta o herencia, el nuevo propietario dispondrá de 30 días para inscribir el traspaso.

El trámite deberá realizarse en la oficina del Registro de Vehículos correspondiente a su domicilio.

Será necesario presentar el documento de propiedad, la licencia de circulación y la constancia del pago de los impuestos.

Los vehículos adquiridos en comercializadoras autorizadas o importados directamente seguirán un procedimiento simplificado.

¿Qué ocurre cuando el propietario vive fuera de Cuba?

La nueva regulación también aborda los vehículos cuyos titulares abandonaron el país sin completar el traspaso.

El propietario podrá formalizar la transmisión personalmente o mediante un representante legal o voluntario.

Cuando el titular haya fallecido, el vehículo deberá tramitarse según las reglas de la legislación sucesoria.

Si los interesados no pueden resolver el proceso por la vía extrajudicial, podrán acudir a los tribunales.

Las nuevas reglas entrarán en vigor en pocos días

El Decreto 163 fue publicado en la Gaceta Oficial del 4 de agosto de 2026.

Sus disposiciones comenzarán a aplicarse siete días después de la publicación.

El nuevo marco aumenta los controles bancarios, tributarios y registrales sobre los traspasos. También amplía las categorías de residentes que podrán participar legalmente en estas operaciones.


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