Las nuevas reglas para las cuentas bancarias en divisas en Cuba amplían las operaciones que podrá realizar el sector privado, incluidos depósitos en efectivo y pagos internacionales.
La autorización permite aceptar moneda extranjera en efectivo cuando así lo decida el cliente. Ese dinero podrá depositarse después en las cuentas fiscales correspondientes.
Lea tambiénSubieron el dólar y el euro en Cuba: así están ahora mismo las tasas de cambio en el paísEl cambio también abre la posibilidad de pagar desde Cuba importaciones de bienes y servicios. Las operaciones vinculadas con financiamientos podrán tramitarse igualmente hacia el exterior.
Ingresos desde el extranjero y por exportaciones
Las cuentas bancarias en divisas en Cuba podrán recibir ingresos procedentes de exportaciones, comercio electrónico y transferencias enviadas desde otros países.
También admitirán depósitos en efectivo en las monedas aceptadas por el Banco Central de Cuba (BCC). La autorización queda limitada, por tanto, a las divisas reconocidas por esa institución.
Entre las fuentes permitidas aparecen además las ventas de bienes y servicios a usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. La norma incorpora los ingresos obtenidos de entidades autorizadas para realizar comercio minorista y mayorista en moneda extranjera.
Estas disposiciones amplían las vías formales para que los negocios privados reciban divisas. Sin embargo, cada operación deberá cumplir las condiciones bancarias, fiscales y comerciales aplicables.
Transferencias y pagos dentro de Cuba
Los titulares podrán efectuar “pagos en plaza” por la compra de bienes o servicios. Esos pagos podrán realizarse en moneda extranjera o en pesos cubanos, según corresponda.
La regulación contempla transferencias hacia cuentas en divisas pertenecientes a empresas privadas y personas naturales. Incluye además movimientos relacionados con la venta de moneda extranjera en el mercado cambiario.
La posibilidad de operar con esas cuentas no significa que todos los servicios bancarios estarán disponibles sin límites. Los bancos mantendrán capacidad para aplicar sus políticas comerciales y verificar el origen o destino de los fondos.
Extracciones de efectivo dependerán de los bancos
La norma autoriza pagos al exterior y extracciones de efectivo vinculadas con viajes fuera del país. No obstante, el acceso físico a las divisas tendrá una condición expresa.
Las “extracciones de efectivo en divisas” se realizarán “según la disponibilidad y política comercial de los bancos”. Por tanto, la autorización regulatoria no garantiza que una sucursal entregue inmediatamente la moneda solicitada.
La disponibilidad bancaria puede influir en la fecha, cantidad o modalidad de una extracción. El texto citado no establece montos máximos, plazos de entrega ni monedas garantizadas para esas operaciones.
Parte de las reformas para el sector privado
Las medidas forman parte del paquete de 176 reformas económicas aprobado por Cuba en junio, según la información disponible. El programa busca introducir mayor liberalización y descentralización en la economía nacional.
Entre las decisiones ya anunciadas figuran empresas privadas con más de 100 trabajadores y agencias de turismo creadas por actores privados. También se autorizó la apertura de cuentas bancarias en el exterior sin permiso previo del BCC.
Para los negocios con proveedores o clientes internacionales, los cambios incorporan canales legales para cobrar exportaciones y pagar importaciones. Su aplicación práctica dependerá de los procedimientos de cada banco y del cumplimiento de las obligaciones fiscales.
La disposición mantiene una restricción concreta: cualquier retirada de divisas en efectivo queda condicionada a la disponibilidad y a la política comercial de la entidad bancaria.















