Las nuevas reglas económicas publicadas en Cuba amplían el uso de monedas extranjeras dentro de las operaciones entre empresas y negocios. La medida afecta especialmente al comercio mayorista y a los acuerdos entre actores económicos.
La Resolución 103/2026 permite que determinadas transacciones internas se realicen tanto en moneda nacional como en divisas, según lo que acuerden las partes.
Acuerdo entre las partes para operar en divisas
El artículo 18 establece que las operaciones interempresariales y comerciales mayoristas pueden realizarse en pesos cubanos o en moneda extranjera.
La elección dependerá del acuerdo entre quienes participen en la operación.
Esta formulación da mayor margen a empresas y otros actores económicos para organizar pagos y cobros cuando necesitan respaldo en divisas.
La norma fue publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, edición ordinaria número 76, del 10 de septiembre de 2026.
Qué cambia frente a la regulación anterior
La nueva Resolución 103 deroga la Resolución 140 de diciembre de 2025.
Aquella norma establecía como regla general que las transacciones internas se realizaban en moneda nacional. Después enumeraba algunas excepciones específicas para operar en divisas.
El nuevo texto cambia ese enfoque para las operaciones interempresariales y mayoristas.
Ahora reconoce de forma expresa que esas transacciones pueden realizarse en ambas monedas, siempre que exista acuerdo entre las partes.
Esto no significa que cualquier pago dentro de Cuba pueda hacerse libremente en dólares u otra moneda extranjera.
El alcance está vinculado a las operaciones económicas reguladas y al esquema de dolarización parcial definido por el Gobierno.
El comercio minorista mantiene otra regla
La Resolución 103 separa claramente el comercio mayorista del minorista.
Las actividades minoristas continúan realizándose en moneda nacional como principio general.
El Ministerio de Economía y Planificación podrá autorizar ventas minoristas en divisas cuando considere que existe interés del país.
Por tanto, la posibilidad de pactar pagos en moneda extranjera entre empresas no convierte automáticamente las ventas al público en operaciones dolarizadas.
Más espacio para cadenas de pagos en moneda extranjera
La modificación puede facilitar operaciones entre productores, proveedores, comercializadores y otros actores que necesitan financiar compras vinculadas con importaciones o producción nacional.
También permite que las partes pacten una operación mayorista en divisas sin depender de la excepción limitada que establecía la norma anterior.
El nuevo sistema mantiene controles sobre el origen y uso de los fondos. Las cuentas y operaciones continúan sujetas a las disposiciones del Banco Central de Cuba.
La Resolución 103 entró en vigor desde su publicación.
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