El Banco Central de Cuba aprobó nuevas reglas para el manejo de las cuentas en divisas de los actores económicos no estatales. La regulación amplía varias operaciones que pueden realizar mipymes, cooperativas, productores y otros negocios autorizados.
La Resolución 102/2026 modifica de forma expresa el tratamiento de los depósitos en efectivo y de los pagos al exterior vinculados con la actividad económica.
Podrán depositar efectivo en divisas
La nueva norma permite que las cuentas en divisas de los actores económicos no estatales reciban depósitos de efectivo en las monedas aceptadas por el Banco Central de Cuba.
Esos fondos deberán proceder de ingresos lícitos del propio actor económico.
La medida aparece de manera específica en el artículo 13 de la Resolución 102. La regulación anterior no incluía ese depósito general de efectivo entre las fuentes ordinarias de ingreso de estas cuentas.
El propio Banco Central explica en los fundamentos de la nueva resolución que uno de los objetivos es modificar la operatoria de esos depósitos.
La disposición fue publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, edición ordinaria número 76.
Pagos al exterior por importaciones y financiamientos
Otro cambio importante aparece en las salidas de dinero desde esas cuentas.
Los actores económicos no estatales podrán realizar pagos al exterior por importaciones de bienes y servicios. También podrán pagar financiamientos y otros conceptos lícitos relacionados con su actividad autorizada.
La redacción amplía la regla anterior, que mencionaba pagos por importaciones ejecutadas mediante empresas importadoras autorizadas.
La nueva resolución habla directamente de pagos al exterior por importaciones, aunque cada operación deberá respetar la legislación vigente.
Esto no significa que la norma conceda por sí sola una licencia general para importar cualquier mercancía. El alcance comercial y aduanero continúa sujeto a las disposiciones que correspondan.
También podrán retirar efectivo en divisas
La Resolución 102 permite además extracciones de efectivo en moneda extranjera desde las cuentas de los actores no estatales.
Esas retiradas dependerán de la disponibilidad de los bancos y de su política comercial.
La norma también mantiene la posibilidad de pagos al exterior o extracciones para viajes vinculados con la actividad económica, según las condiciones bancarias.
Los fondos podrán transferirse igualmente hacia otras cuentas en divisas de actores económicos no estatales o hacia cuentas de personas naturales.
Cuándo empiezan las nuevas reglas
La Resolución 102 deroga la Resolución 125 de diciembre de 2025.
A diferencia de la Resolución 103 del Ministerio de Economía, esta disposición bancaria no entra en vigor inmediatamente.
El texto establece que comenzará a aplicarse siete días después de su publicación. Al haberse publicado el 10 de septiembre de 2026, su entrada en vigor corresponde al 17 de septiembre.
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