Ley de Nietos: ¿pueden endurecer ahora los consulados los expedientes pendientes de nacionalidad española?

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Miles de personas que solicitaron la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática siguen esperando una cita o una resolución. La situación preocupa especialmente en consulados con grandes atrasos, como La Habana, Buenos Aires y Caracas.

La nueva incertidumbre no nació de una decisión de los consulados. El conflicto llegó al Tribunal Supremo a partir de recursos presentados por VOX e Iustitia Europa contra un acuerdo de la Junta Electoral Central.

Ambos pidieron medidas cautelares sobre las altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes, conocido como CERA. El Supremo estimó parcialmente esas solicitudes y dejó en suspenso determinados efectos electorales de las inscripciones vinculadas a la llamada Ley de Nietos, salvo en los casos en que se acredite el requisito señalado por el tribunal.

La decisión abre ahora otra pregunta para quienes todavía no tienen resuelto su expediente: ¿podrían cambiar también los requisitos para conceder la nacionalidad?

Por el momento, no existe una orden general que establezca ese cambio.

Vox e Iustitia Europa llevaron el asunto al Supremo

El origen de la situación resulta importante para entender qué ha cambiado y qué no.

Vox e Iustitia Europa presentaron recursos separados ante el Tribunal Supremo contra un acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central el 16 de julio.

La JEC había considerado que determinadas peticiones relacionadas con la admisión del voto exterior excedían sus competencias.

Los recurrentes solicitaron entonces medidas cautelares sobre las altas en el CERA de personas que obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática.

Según informó EFE, el Supremo estimó parcialmente las medidas pedidas por Iustitia Europa y Vox.

Europa Press también confirmó que la decisión afecta a los efectos electorales de estas inscripciones y a nuevas altas en el censo, con las excepciones establecidas por el tribunal.

Por tanto, la controversia actual no parte de una decisión del Ministerio de Justicia para detener la concesión de nacionalidades. Tampoco existe una orden general de los consulados para paralizar los expedientes pendientes.

Qué decidió realmente el Tribunal Supremo

La medida adoptada es cautelar y se concentra, hasta ahora, en el ámbito electoral.

El Supremo dejó en suspenso los efectos electorales de determinadas inscripciones en el CERA vinculadas a nacionalidades obtenidas por la Ley de Memoria Democrática.

La resolución no equivale a retirar las nacionalidades ya concedidas.

Tampoco supone que el Tribunal Supremo haya anulado la Ley de Memoria Democrática ni la Instrucción de 25 de octubre de 2022.

Ese detalle resulta especialmente importante para quienes todavía esperan una cita, una inscripción o la resolución definitiva de su expediente.

La interpretación de 2022 está en el centro del conflicto

La controversia guarda relación con la interpretación realizada por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

La disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática abrió una vía para que determinados descendientes de españoles pudieran optar a la nacionalidad.

Después, la Instrucción de 25 de octubre de 2022, publicada en el BOE, desarrolló cómo debían aplicarse esos supuestos.

El propio texto establece, entre otras cuestiones, una presunción de exilio para españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Para salidas posteriores, dentro del periodo previsto, exige acreditar esa condición.

Esa interpretación ha servido durante los últimos años para tramitar miles de expedientes en registros civiles y consulados.

La Instrucción de 2022 no ha sido anulada. Por ello, los consulados no pueden simplemente dejar de aplicarla por iniciativa propia mientras siga vigente.

¿Podrían exigir más documentos en los expedientes pendientes?

Actualmente no existe constancia de una instrucción general del Ministerio de Justicia que cambie los requisitos de todos los expedientes pendientes.

Por tanto, no puede afirmarse que desde ahora sea obligatorio demostrar el exilio en todos los casos que venían admitiéndose bajo la interpretación de 2022.

Sin embargo, la situación puede cambiar.

Si una futura sentencia del Supremo cuestiona esa interpretación o Justicia dicta nuevas instrucciones, determinados expedientes todavía sin resolver podrían verse sometidos a nuevos requerimientos.

También podrían aparecer revisiones más estrictas en aquellos casos cuya viabilidad dependa directamente de la interpretación amplia aplicada hasta ahora.

Eso no significa que todos los supuestos de la Ley de Memoria Democrática queden en la misma situación.

La norma contempla diferentes vías. Entre ellas están los descendientes de españoles exiliados, los hijos de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad por matrimonio antes de 1978 y determinados hijos mayores de edad de beneficiarios anteriores.

Los consulados siguen tramitando solicitudes

La tramitación no se ha detenido de forma general.

El Consulado General de España en Buenos Aires mantiene incluso un calendario de habilitación de solicitudes. Su página oficial indica que, al cierre del plazo, había 645.052 identificadores LMD registrados y 196.751 expedientes recibidos en ventanilla.

El mismo consulado mantiene habilitaciones previstas durante 2026, incluida una actualización fechada para septiembre.

En Caracas, la información oficial continúa señalando que quienes solicitaron cita dentro del plazo y recibieron el justificante correspondiente recibirán credenciales para escoger una fecha y presentar posteriormente la documentación.

La página consular sigue citando como normativa aplicable tanto la Ley 20/2022 como la Instrucción de octubre de 2022.

Qué ocurre con los expedientes en Cuba

La situación resulta especialmente sensible en Cuba por las demoras acumuladas.

El Consulado General de España en La Habana informó que quienes solicitaron correctamente su cita dentro del plazo y recibieron el justificante electrónico correspondiente conservarían la posibilidad de presentar posteriormente el expediente.

La oficina consular también advirtió que pueden registrarse demoras tanto en la entrega de credenciales como en la resolución de los expedientes debido al volumen de solicitudes.

Además, ha insistido en la importancia de conservar el justificante con firma electrónica y Código Seguro de Verificación, conocido como CSV.

Hasta ahora no existe un anuncio oficial del Consulado de España en La Habana indicando que los expedientes LMD hayan sido suspendidos por la decisión del Tribunal Supremo.

¿Pueden cambiar las reglas para quienes ya solicitaron la nacionalidad?

Por ahora, las reglas generales de nacionalidad no han sido sustituidas por otras nuevas como consecuencia de las medidas cautelares.

La resolución del Supremo nace de los recursos promovidos por Vox e Iustitia Europa y afecta directamente al ámbito electoral.

Una futura sentencia sobre el fondo podría tener consecuencias más amplias si cuestionara la interpretación empleada desde 2022.

También podría producirse un cambio si el Ministerio de Justicia modifica su instrucción o dicta nuevas directrices para los registros civiles y consulados.

Nada de eso ha ocurrido todavía.

Quienes tengan un expediente pendiente deben conservar sus justificantes, mantener acceso al correo utilizado durante el proceso y atender cualquier requerimiento oficial.

En el caso de Cuba, el CSV resulta especialmente importante porque acredita que la solicitud de cita entró dentro del plazo establecido.

Por ahora, la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática continúa tramitándose para quienes solicitaron dentro del plazo. La controversia judicial obliga, sin embargo, a vigilar cualquier nueva decisión del Supremo o del Ministerio de Justicia que pueda afectar a los expedientes todavía sin resolver.


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