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¡Reúne a tu familia en España! Guía para el visado de reagrupación familiar en 2024

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Si tienes residencia legal en España y deseas llevar a tu familia, puedes optar por el visado de reagrupación familiar. Este visado permite que tus seres queridos residan contigo en España, siempre y cuando cumplan con los criterios establecidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

¿Quiénes son los familiares que pueden ser beneficiarios de este visado? De acuerdo con las normativas, tu cónyuge o tu pareja registrada, o aquella con la que mantienes una relación estable desde antes de tu traslado a España.

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Tus hijos, los de tu pareja, los adoptados por ti (siempre que la adopción sea reconocida en España) y aquellos bajo tu tutela legal, siempre que sean menores de 18 años o tengan una discapacidad que les impida cuidar de sí mismos.

También tus padres y los de tu pareja, en caso de que dependan financieramente de ti, si son mayores de 65 años y si existen razones que justifiquen su residencia en España, puedes llevarlos al país ibérico con este tipo de visado.

Visado de reagrupación familiar a España 

Para tramitar el visado de reagrupación familiar en España, es necesario presentar los siguientes documentos. Un formulario de solicitud de visado nacional, correctamente llenado y firmado. Una fotografía reciente, a color, con el rostro visible y fondo claro, que se ajuste a las dimensiones de una foto de carné.

El pasaporte original, que cuente con al menos dos páginas en blanco y una vigencia mínima de cuatro meses a partir de la fecha estimada de entrada a España. Además, se debe proporcionar una copia de la página o páginas que contengan los datos personales.

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La autorización inicial para la reagrupación familiar, emitida por la entidad correspondiente en España en beneficio del solicitante. Es necesario presentar tanto el original como una copia. Asimismo, se debe aportar la tarjeta de residencia del solicitante, junto con una copia certificada.

Los documentos que verifiquen la relación familiar con el solicitante (certificado de matrimonio, registro de pareja de hecho, certificado de nacimiento, etc.). Es necesario aportar tanto el original como una copia.

El certificado de antecedentes penales, que evidencie que el solicitante no posee antecedentes penales en su país de origen o en los países donde ha residido durante los últimos cinco años. Es necesario aportar tanto el original como una copia.

El certificado médico, que confirme que el solicitante no sufre de ninguna enfermedad que pueda representar un riesgo para la salud pública. Es necesario aportar tanto el original como una copia.

La cédula de identidad o tarjeta de residencia actual del solicitante. Es necesario aportar tanto el original como una copia.

Si el solicitante es un menor de edad, el documento de identidad del padre, madre, tutor o representante legal y el documento que acredite la representación. Es necesario aportar tanto el original como una copia.

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3 Comentarios

1 Comentario

  1. Desy González Lamas

    11/07/2024 - 4:00 pm en 4:00pm

    Hola, quisiera saber por qué hay que esperar a tener 65 años, deberían reconsiderar este tema de la edad, existen otros aspectos más importantes para poner como limitantes.

  2. Mileida

    29/02/2024 - 5:31 pm en 5:31pm

    buenas es una buena opción pero creo que se debe evaluar la edad de la Madre si ella depende de los hijos que viven en España no veo lógica que deba tener más de 65 años me podrían aclarar esa duda gracias

  3. Laura Rodriguez

    29/02/2024 - 9:15 am en 9:15am

    Hola..A la reagrupación familiar se le puede hacer a un sobrino

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