EE.UU. cambia el trámite de visas para cubanos residentes en el extranjero: estos son los nuevos requisitos.
Los cubanos que residen legalmente fuera de la isla deberán solicitar las visas de turismo y negocios en el país donde viven. Estados Unidos también advirtió sobre mayores tiempos de espera y nuevas condiciones para quienes presenten la solicitud en otro lugar.
El Gobierno de Estados Unidos actualizó las normas para la tramitación de visas de no inmigrante (NIV), un cambio que afecta directamente a los ciudadanos cubanos residentes en terceros países que deseen viajar al país por turismo, negocios u otros motivos temporales.
La nueva política, publicada por el Departamento de Estado el pasado 15 de julio y de aplicación inmediata, establece que los solicitantes deberán realizar la entrevista para la visa en la embajada o consulado estadounidense correspondiente a su país de nacionalidad o de residencia legal.
¿Qué cambia para los cubanos?
Aunque Cuba continúa siendo uno de los países donde Estados Unidos no presta servicios consulares completos para visas de no inmigrante, la actualización aclara que los cubanos que residan legalmente en otro país podrán tramitar su visa en ese lugar, siempre que puedan demostrar su residencia.
Hasta ahora, muchos ciudadanos cubanos acudían a consulados de terceros países para intentar conseguir una cita más rápida. Con las nuevas directrices, el Departamento de Estado insiste en que el trámite debe realizarse en el país donde el solicitante reside de forma legal o, en el caso de quienes viven en Cuba, en la oficina consular designada.
Requisitos para solicitar la visa para cubanos a EE.UU.
Los cubanos residentes en el extranjero deberán cumplir varias condiciones para presentar su solicitud:
- Demostrar que residen legalmente en el país donde solicitan la visa.
- Pagar las tasas consulares, que no serán reembolsables ni transferibles.
- Tener en cuenta que presentar la solicitud fuera del país de residencia o de la oficina designada puede implicar mayores dificultades para obtener la visa.
Además, Estados Unidos advirtió que quienes soliciten una visa en un país distinto al de su residencia legal podrían enfrentarse a tiempos de espera considerablemente más largos para conseguir una entrevista.
Se mantienen las oficinas designadas para Cuba
La actualización no modifica la lista de sedes consulares asignadas para los ciudadanos de países donde Estados Unidos no ofrece servicios rutinarios de visas de no inmigrante.
En el caso de Cuba, continúa vigente el sistema implantado en 2025, durante la administración del presidente Donald Trump, que estableció una oficina consular específica para la tramitación de estas solicitudes.
No obstante, la normativa deja claro que los cubanos que hayan establecido residencia legal en otro país podrán realizar el procedimiento directamente en la embajada o consulado estadounidense correspondiente a ese territorio.
El Departamento de Estado explicó que estas reglas no se aplican a determinadas categorías de visas, entre ellas las diplomáticas, oficiales y las relacionadas con organismos internacionales.
Asimismo, podrán autorizarse excepciones en situaciones de emergencia médica o humanitaria, así como cuando existan razones de política exterior que lo justifiquen.
Continúan los cambios en la política migratoria
La actualización forma parte del endurecimiento de las políticas migratorias y de visados aplicado por la Administración Trump, que en los últimos meses también ha incrementado el control sobre diversos beneficios migratorios para ciudadanos cubanos.
Mientras tanto, la Embajada de Estados Unidos en La Habana continúa ofreciendo servicios limitados para visas de no inmigrante, aunque mantiene el procesamiento de todas las categorías de visas de inmigrante.
Además, esta misma semana Washington anunció un nuevo servicio opcional que permitirá acelerar la tramitación de determinadas visas de turismo y negocios en algunas embajadas y consulados mediante el pago de una tarifa adicional de 750 dólares.
















