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Limitación del uso de dinero en tarjetas magnéticas será para todos los bancos, asegura Banco Central de Cuba

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El Banco Central de Cuba advirtió a través de una nota oficial que la limitación del uso de dinero en las tarjetas magnéticas será para todos los bancos, más allá del Banco Metropolitano de La Habana, que fueron los primeros que lo habilitaron.

O sea, las tarjetas magnéticas de Bandec y BPA también tendrán estas restricciones de movimientos y pagos al mes. Según la principal banca cubana esta es una “práctica internacional”. Lo que tampoco es casualidad que la medida llegue al mismo tiempo que Western Union anunció su regreso a la isla y el aumento de divisas en las tarjetas será visible.

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“La medida que comenzó a aplicar el Banco Metropolitano se irán implementando por los demás bancos del sistema en los próximos días”, señala el comunicado del Banco Central.

¿Cuáles son las limitaciones que entran en vigor desde ya? Primero en las tarjetas magnéticas del Banco Metropolitano y durante las próximas semanas al resto de las tarjetas. Un máximo de pagos y transferencias entre personas naturales de 80 mil al día y 120 mil pesos cubanos al mes.

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LIMITACIÓN DE USO DE DINERO A TODAS LAS TARJETAS EN CUBA

En cuanto a las tarjetas de divisas lo máximo que podrá usar a diario son mil dólares y hasta 5 mil al mes. Las personas que deseen hacer transferencias o uso de la tarjeta con mayores montos tendrán que ir físicamente a una sucursal bancaria y solicitar ese movimiento allí.

“La medida en curso se dirige a fortalecer el uso de las cuentas según su naturaleza, ya sean personales o corporativas y a establecer mayor transparencia en pos de los ciudadanos”, insisten desde la banca principal de la isla.

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El Banco Central reitera que las personas podrán seguir usando sus tarjetas sin limitaciones para pagar a las personas jurídicas y otros agentes económicos, como por ejemplo pagar por reservaciones hoteleras, mercancías en tiendas en MLC u otros servicios a tarjetas magnéticas de empresas privadas.

1 Comentario

1 Comentario

  1. LISDEL GALBÁN PEÑA

    17/01/2023 - 1:45 pm en 1:45pm

    Está limitación no está proporcional a la inflación en nuestro país. Si en cadeca venden 1 dólar, que supuestamente es equivalente a un MLC,en 120 “a personas naturales” el límite en CUP debería estar ligado al límite en MLC. Entonces los 5000 MLC al mes corresponderían a 600 000 CUP y no a 120 000 ya que lo convirtieron por 24 que es la cotización del dólar para las personas jurídicas. O sea 5000 MLC por 24 es igual a los 120 000 de límite que fijaron para el mes. Entonces para pagar o pasar dinero a una persona jurídica no hay limitante y a la hora de establecer el cambio para las personas naturales lo hacen por el que tienen las personas jurídicas, o sea 24 y no 120 que es el establecido en cadeca para personas naturales

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