Nuevas resoluciones del Ministerio de Comunicaciones fijan plazos, aclaran qué equipos requieren permiso y crean procedimientos para retenciones en la Aduana de Cuba.
El Gobierno cubano actualizó las reglas para importar equipos tecnológicos sin carácter comercial y prometió reducir los “contratiempos aduanales” con nuevos plazos y procedimientos definidos.
Las medidas aparecen en las resoluciones 1 y 2 de 2026 del Ministerio de Comunicaciones, publicadas en la Gaceta Oficial. Durante una comparecencia en la televisión estatal, el director general de la Unidad Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico, Carlos Jorge Prieto de la Lastra, aseguró que las nuevas disposiciones buscan aportar “transparencia”, facilitar trámites y aclarar qué equipos necesitan autorización técnica y cuáles no.
“El objetivo es evitar contratiempos aduanales”, afirmó el funcionario al explicar que las regulaciones actualizan normas vigentes desde 2015. Según dijo, las resoluciones también establecen plazos de respuesta y procedimientos específicos para casos donde los equipos sean retenidos en frontera.
Entre los dispositivos que podrán importarse sin autorización técnica aparecen teléfonos celulares —excepto satelitales—, laptops, tablets, memorias USB, discos duros, impresoras, escáneres y equipos domésticos de intercomunicación inalámbrica que operen en frecuencias autorizadas.
En cambio, seguirán requiriendo autorización técnica equipos que utilicen el espectro radioeléctrico de forma más especializada. La resolución mantiene bajo control estatal dispositivos para redes de datos, puntos de acceso inalámbrico, sistemas de radiocomunicación y otros aparatos similares.
Nuevos plazos para autorizaciones y equipos retenidos
Uno de los cambios más concretos es que el Ministerio de Comunicaciones tendrá hasta 15 días para responder solicitudes de autorización técnica relacionadas con importaciones no comerciales.
Además, la norma fija procedimientos para casos de retención en Aduana. Si una persona entra al país con un equipo que requiere autorización y no presenta el permiso correspondiente, podrá iniciar el trámite después de la retención y tendrá siete días para solicitar la autorización técnica.
La solicitud podrá realizarse de forma online, por correo electrónico o presencialmente ante la Unidad Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico.
Prieto de la Lastra defendió que las nuevas regulaciones buscan “facilitar precisamente los trámites” y garantizar “el correcto uso de las telecomunicaciones en nuestro país”. También insistió en que Cuba mantendrá los controles técnicos sobre equipos capaces de provocar interferencias en redes y servicios de telecomunicaciones.
Las nuevas resoluciones derogan normativas anteriores aprobadas en 2015, 2019 y 2020 y entrarán en vigor 60 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.













