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Gobierno cubano regula compra de combustible a transportistas privados

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Una nueva norma del Ministerio de Transporte de Cuba regula el volumen de combustible que deberán contratar a Fincimex los trabajadores privados. Veamos los detalles. 

Publicada en la Gaceta Oficial de Cuba (No. 16 Ordinaria de 2022, correspondiente al 11/02/2022), la Resolución 29 establece:

“Las personas naturales y jurídicas no estatales, titulares de Licencia de Operación de Transporte y sus trabajadores contratados, en la prestación de los servicios autorizados, quedan obligados a contratar a la empresa FINCIMEX S.A. el volumen de combustible a consumir”.

Según se explica en el texto legal, dada la “obligación que tienen los titulares de Licencia, autorizados a brindar servicios de transportación con medios automotores, de adquirir el combustible mediante tarjeta magnética, se hace necesario regular las cifras máximas a consumir mensualmente, para cada servicio”. 

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Se argumenta que el propósito de la resolución es el de “armonizar, organizar y perfeccionar lo relativo al procedimiento para la obtención del combustible de forma mayorista”. 

De tal manera, la Resolución dispone que: 

  • Las personas naturales y jurídicas no estatales, titulares de Licencia de Operación de Transporte y sus trabajadores contratados, en la prestación de los servicios autorizados con medios automotores, coche-motor y lanchas, de motor de combustión interna en Cuba, quedan obligados a contratar a FINCIMEX S.A. el volumen de combustible a consumir. Para ello, tendrán como referencia hasta el máximo que se establece en el Anexo Único.
  • Asimismo, las personas jurídicas no estatales, titulares de Licencia de Operación de Transporte, para la prestación de los servicios de transportación de pasajeros y cargas, contratan con FINCIMEX S.A., la cantidad de combustible correspondiente al límite máximo aprobado para cada equipo que conforman su parque.
  • En el caso de los titulares de Licencia de Operación de Transporte autorizados a realizar la transportación de carga y pasajeros en medios de transporte automotor de forma alterna, se acogen al consumo de combustible máximo de mayor cuantía, aprobado de acuerdo con el tipo de vehículo a utilizar.
  • La compra de combustible se realiza a través de la tarjeta magnética del titular. 
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¿Cuáles son las excepciones a esta norma? 

La Resolución no aplica a los trabajadores que operan taxis vinculados a la empresa TAXIS CUBA,” integrada al Grupo Empresarial de Servicios de Transporte Automotores”, se aclara. 

En la cantidad de pasajeros (pax) del vehículo a la que se hace referencia en las tablas que se proporcionan a continuación, no se considera al conductor

Consumo máximo de combustible en Cuba para transportistas privados con medios de combustión interna 

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Puedes descargar la Gaceta AQUÍ

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