El Gobierno cubano aprobó la inscripción de varias empresas extranjeras para operar en el país bajo la figura de representación comercial.
Las autorizaciones fueron publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 37 del 25 de febrero de 2026.
Las resoluciones, emitidas por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, abarcan compañías de España, Panamá, México, Ecuador y China, que podrán establecer sucursales u oficinas de representación en Cuba.
Empresas autorizadas y sectores involucrados
Entre las entidades autorizadas figura la sucursal de la compañía española DAMM GLOBAL BARCELONA, S.L.U., cuyo giro incluye la comercialización de productos cerveceros y la prestación de servicios técnicos vinculados a esa industria.
También se aprobó la inscripción de la oficina de representación de la empresa panameña MZ PRODUCTS, S.A., con un objeto comercial que abarca electrodomésticos, motocicletas eléctricas, vehículos, alimentos, textiles y materiales de construcción.
La compañía mexicana SANTO DOMINGO INVERSIONES S.A. DE C.V. recibió autorización para representar negocios relacionados con alimentos, bebidas, productos de higiene, electrodomésticos y materias primas industriales.
Asimismo, se autorizaron representaciones de empresas ecuatorianas y chinas con nomenclaturas que incluyen alimentos, ferretería, mobiliario, cosméticos, equipos eléctricos y artículos de consumo.
En el sector turístico e inmobiliario destaca la inscripción de la sucursal de PREA REAL ESTATE CENTRAL AMÉRICA, S.L., enfocada en la comercialización y administración de hoteles y otras instalaciones turísticas.
Alcance real de las autorizaciones
Las resoluciones establecen límites precisos. Las empresas autorizadas no pueden importar ni exportar directamente con carácter comercial.
Tampoco pueden distribuir o transportar mercancías dentro del territorio nacional. En varios casos, no están facultadas para realizar comercio mayorista o minorista ni emitir facturas comerciales.
Su función principal es actuar como oficinas de representación. Pueden promover productos, gestionar negocios de inversión extranjera y brindar servicios técnicos asociados a contratos internacionales, pero la ejecución comercial directa debe realizarse a través de entidades cubanas autorizadas.
Plazo y marco regulatorio
Cada resolución concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Si no se cumple ese término, el expediente se archiva.
El Registro está adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba y opera bajo el Decreto 32 de 2021, que regula el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en el país.
Contexto económico
Las nuevas autorizaciones se producen en un escenario marcado por restricciones de liquidez, escasez de bienes y dificultades en el acceso a financiamiento externo.
El Estado mantiene el control sobre el comercio exterior, pero continúa ampliando el registro formal de entidades extranjeras interesadas en operar en Cuba bajo el esquema regulado de representación.
La publicación concentrada de varias resoluciones en una misma edición de la Gaceta refleja un movimiento activo en el registro oficial de compañías extranjeras, en sectores que abarcan alimentos, industria, comercio, energía y turismo, en medio de un contexto económico complejo para el país.
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